En varios escritos
La Abogacía del Estado también pide aplicar la amnistía a los líderes del 'procés' y levantar las órdenes de detención
Los Servicios Jurídicos del Estado se amparan en la sentencia del alto tribunal para negar enriquecimiento personal y que se vean afectados los intereses de la UE

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont / David Zorrakino - Europa Press - Archivo


Ángeles Vázquez
Ángeles VázquezPeriodista
Periodista especializada en tribunales desde 1996. Primero en Europa Press, donde fui jefa de la sección de tribunales hasta que me incorporé a 'Público'. El cierre de su edición en papel me llevó a pasar al 'otro lado' e incorporarme a prensa del Ministerio de Justicia. Acabada esa etapa colaboré con el 'Ara' hasta que me incorporé a la redacción de 'El Mundo'. Llegué a 'El Periódico' en 2016 y desde entonces vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.


Cristina Gallardo
Cristina GallardoRedactora de Tribunales
Seguimiento de información jurídica y casos de corrupción e investigación en el Tribunal Supremo, Fiscalía, Tribunal Constitucional, Audiencia Nacional, Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Justicia. Analista de temas jurídicos. 25 años como redactora de Tribunales y quince de ellos como responsable de equipo de Tribunales en Europa Press. Jefa de Tribunales de El Periódico de España desde su fundación, en octubre de 2021, y ahora también en Tribunales en El Periódico.


Tono Calleja Flórez
Tono Calleja FlórezRedactor
(Gijón, 1974). Licenciado en Ciencias de la Información-Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid (1992-1997). Comencé mi periplo haciendo prácticas en La Voz de Asturias (Grupo Zeta), para después pasar a la sección de Internacional de El País. Mi primer trabajo fue en El Faro de Melilla, diario en el que llegué a desempeñar la labor de director. En la Región de Murcia me encargué de la sección de Política en La Opinión de Murcia, periódico de la Editorial Prensa Ibérica (EPI). Ya en Madrid fui redactor en El País en la sección de Local hasta pasar a Tribunales en infoLibre.
También trabajé en la misma sección en Vozpópuli y La Razón antes de incorporarme como periodista a EL PERIÓDICO a las áreas de Tribunales e Investigación.
Especialista en Tribunales, Política, Internacional
Escribe desde España
La Abogacía del Estado ha defendido ante el Tribunal Supremo la aplicación de la amnistía a todos los condenados y procesados en rebeldía por el 'procés', al entender que las excepciones que plantea la ley a la hora de extender la medida de gracia no se dan ni en la desobediencia ni en la malversación de caudales públicos. De ahí que deban darse por ejecutadas las penas de inhabilitación aún por cumplir, como es el caso del expresidente de ERC Oriol Junqueras, y levantarse de forma inmediata las órdenes de detención que pesan sobre el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los 'exconsellers' Lluís Puig y Toni Comín.
En sendos escritos, de 35 y 30 páginas, a los que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, la abogada del Estado Zaida Isabel Fernández Torolos informa a la Sala Segunda del Supremo y al juez Pablo Llarena que deben aplicar la amnistía, lo que en el caso de este último supone que deberá "acordar el inmediato alzamiento de las medidas cautelares de naturaleza personal o real que hubieran sido adoptadas por tales hechos, así como dejar sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión o de detención de las citadas personas".
En sus escritos, los Servicios Jurídicos del Estado argumentan que "en ningún momento de las resoluciones" dictadas a lo largo de los años en el procedimiento, ni en la propia sentencia del 'procés', "se hace mención a que todo o parte de los fondos públicos que se hubieran destinado a financiar, sufragar o facilitar la realización de cualesquiera de las conductas" descritas como motivo de excepción en la ley de amnistía, como sería que el dinero desviado al referéndum hubiera supuesto un enriquecimiento personal de los autores o que "tuviera su origen en fondos europeos o provenientes de los presupuestos de la Unión Europea o de las instituciones, órganos y organismos de la UE".
"En el mismo relato de hechos" de la sentencia del 'procés' "no se destaca ninguna circunstancia que ponga de relieve que la conducta de los procesados pudiera ser idónea para generar de forma efectiva un menoscabo directo al presupuesto de las instituciones de la Unión Europea o de sus instituciones u organismos", destaca a la vez que niega que el dinero se haya destinado a otro fin que no sea la convocatoria del referéndum del 1-O, que es el objetivo hacia el que se dirige la medida de gracia.
Y ello porque "los hechos imputados a los condenados y procesados como subsumibles en el delito de malversación de caudales públicos cumplen con las finalidades expresas que justifican" la ley de amnistía, porque se dirigieron a "únicamente a financiar, sufragar o facilitar la realización" de actos para "reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Catalunya", como "convocar, promover o procurar la celebración de las consultas" del 1-O.
"No se aprecia un propósito de enriquecimiento" personal de carácter patrimonial, que es lo vetado en la ley, precisa la abogada del Estado, que añade que "no se pueda llegar a conclusión contraria, indicando que todo lo que afecta al presupuesto nacional o autonómico indirectamente afecta al europeo -porque ni siquiera eso es cierto-, mezclando los bienes jurídicos protegidos hasta el punto de confundirlos a voluntad" para evitar la obligatoria aplicación de la medida de gracia.
También pide amnistiar las lesiones a votantes del 1-O por parte de Guardias Civiles
Los Servicios Jurídicos del Estado también consideran amnistiables los delitos de lesiones que se investigan en diversos juzgados catalanes por las actuaciones de las fuerzas de seguridad el 1-O.
En este sentido, consideran subsumibles en el artículo de la ley de amnistía que se refiere a “las acciones realizadas en el curso de actuaciones policiales dirigidas a dificultar o impedir la realización de los actos determinantes de responsabilidad penal o administrativa" del 'procés' independentista, y pide el sobreseimiento libre de las actuaciones.
Esta postura se adopta en los escritos remitidos a los juzgados territoriales. Uno de ellos, al que ha tenido acceso este diario, es el presentado en la Audiencia Provincial de Tarragona por la actuación de los guardias civiles en el recinto ferial de la localidad de Sant Carles de la Ràpita durante el 1-O.
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