Tribunales
Fiscalía pide el archivo del caso 'patada en la puerta' de Velázquez (Madrid) porque la policía actuó creyendo que era legal
La juez mantenía imputado al subinspector encargado del operativo que interrumpió una fiesta prohibida en pandemia

Declaran ante el juez los agentes que irrumpieron en una fiesta ilegal durante el confinamiento.

Cristina Gallardo
Cristina GallardoRedactora de Tribunales
Seguimiento de información jurídica y casos de corrupción e investigación en el Tribunal Supremo, Fiscalía, Tribunal Constitucional, Audiencia Nacional, Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Justicia. Analista de temas jurídicos. 25 años como redactora de Tribunales y quince de ellos como responsable de equipo de Tribunales en Europa Press. Jefa de Tribunales de El Periódico de España desde su fundación, en octubre de 2021, y ahora también en Tribunales en El Periódico.
Cristina Gallardo
La fiscal Inmaculada Sánchez-Cervera ha pedido el archivo de la causa abierta contra el subinspector de la Policía Nacional encargado del operativo policial que accedió a la fuerza en una vivienda de la calle Velázquez de Madrid, en marzo de 2021, para frenar una fiesta ilegal por las restricciones de la pandemia de covid.
Según el escrito remitido al Juzgado de Instrucción número 26 de Madrid, que tiene fecha de este martes, procede el sobreseimiento libre de las actuaciones porque el subinspector y el resto de agentes "actuaban en la firme creencia de que su modo de proceder era completamente legal y se encontraba amparado por el ordenamiento jurídico". Al no existir ninguna otra acusación en la causa, el asunto será archivado, precisan fuentes de la defensa ejercidas por el despacho Frago&Suárez.
El escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, analiza la aplicación al caso de la denominada doctrina del error invencible, para concluir que hay que tener en cuenta "las circunstancias en las que se desarrolló la actuación, en pleno estado de alarma, con la libertad ambulatoria de los ciudadanos restringida y derechos fundamentales como el de reunión limitados".
"Nos encontrábamos ante una situación sanitaria sin precedentes en la que los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado tenían la obligación de velar por el cumplimiento de las normas establecidas como único medio eficaz para evitar la transmisión del virus que, en esos momentos, estaba siendo la causa de multitud de fallecimientos", dice la fiscal.
De hecho, los órganos judiciales que actuaron ese mismo día avalaron la actuación judicial y que la negativa del inquilino a identificarse podría suponer un delito flagrante que habilitaba la entrada de la policía en el domicilio.
Delito de allanamiento
La juez del caso, Concepción Jerez, acordó el pasado mes de abril que únicamente fuera a juicio el subinspector de la Policía Nacional encargado del operativo policial que participó en esta actuación, que integraban otros cinco agentes. Se les acusaba inicialmente de un delito de allanamiento de morada.
El incidente se remonta a una madrugada de marzo de 2021, cuando el inquilino encontraba en su domicilio, junto con algunos amigos. Alertados por los vecinos al oir el sonido de una fiesta subieron hasta el piso seis agentes y comenzaron a llamar al timbre, así como a dar golpes en la puerta de la vivienda al grito de "Policía abran la Puerta".
Ante la ausencia de respuesta a las órdenes de los agentes, se procedió a "la apertura de la puerta de acceso al domicilio mediante el método del resbalón, entrando los agentes en la vivienda sin consentimiento" del morador. El inquilino fue acusado de desobediencia, si bien la causa fue archivada y la defensa de este vecino ejerció entonces acusación contra los agentes al entender que existió un delito por la inviolabilidad del domicilio.
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