Tras la reforma del Código Penal

La Abogacía del Estado pide tres años y medio de cárcel para Jové y no acusa a Salvadó por el 1-O

Se distancia de la fiscalía que acusa por el tipo de malversación más grave, pese a la reforma operada en el Código Penal

Josep Maria Jové y Lluís Salvadó

Josep Maria Jové y Lluís Salvadó / JOAN PUIG

J. G. Albalat
Ángeles Vázquez
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La Abogacía del Estado sigue el criterio que marcó ante el Tribunal Supremo con los líderes del 'procés' y solicita una pena muy inferior a la planteada por la fiscalía para el diputado de ERC y exalto cargo del Govern Josep Maria Jové, que entiende que debe ser condenado por su participación en el 1-O a tres años y medio de cárcel por desobediencia y el tipo de malversación atenuado incluido en la reforma del Código Penal.

Pero la sorpresa del escrito de acusación de los Servicios Jurídicos del Estado es que no solicita pena alguna para el presidente del Puerto de Barcelona, Lluís Salvadó, pese a que el ministerio público pide para él prácticamente la misma pena que para Jové: para este propone siete años de cárcel y para el anterior, seis años de prisión, mientras que la Abogacía no solicita pena alguna para él. Para Natalia Garriga solicita una multa de 30.000 euros por un delito de desobediencia.

En su escrito, de 34 páginas y al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE CATALUNYA, explica que tras las elecciones catalana de septiembre de 2015, Jové y Garriga fueron nombrados altos cargos del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda. Ambos "en el ámbito de sus respectivas competencias, llevaron a cabo una serie de actuaciones, dirigidas a la preparación y ejecución del referéndum de autodeterminación, fuera de los cauces constitucionales, estatutarios y legales".

Ignorar al TC

Jové, como secretario general del departamento, era el responsable máximo no solo de las cuestiones presupuestarias, sino también de los procesos electorales y las consultas populares. Por su parte, Garriga era la directora de Servicios. Los dos "en su propio ámbito funcional, desatendieron lo ordenado por el Tribunal Constitucional, bien mediante la realización de actos, bien mediante la omisión de su deber de impedir o paralizar determinadas actuaciones". Y ello pese a las advertencias individuales que les dirigió el órgano de garantías para que impidieran los actos ya declarados inconstitucionales y que habían sido suspendidos.

Según la Abogacía del Estado, pese a ello, Garriga "no impartió ninguna instrucción para impedir el funcionamiento de la página web referéndum.cat cuyo objetivo era promover y facilitar la celebración del referéndum, y colaboró para lograr la disponibilidad de locales para la votación". Y Jové "no prohibió el uso de locales públicos, no paralizó la distribución de las notificaciones de los nombramientos de los integrantes de las mesas electorales y de las tarjetas censales, o la difusión de la publicidad institucional para promover la participación en el referéndum".

De hecho el Constitucional le impuso una multa coercitiva diaria de 12.000 euros hasta que justificara "haber revocado cualquier resolución dictada para la preparación, ejecución y/o promoción del referéndum ilegal", la "clausura del contenido de la página web" del referéndum "y cualquier otra destinada al mismo fin, así como cualquier otro instrumento de difusión del referéndum en las redes sociales" y "el cese de toda colaboración en la campaña institucional del referéndum ilegal”.

Autorizar la malversación

El escrito acusa a Jové de contratar a Unipost para distribuir 56.000 cartas certificadas con el nombramiento de cargos en las mesas electorales, y 5.346.734 sobres ordinarios con tarjetas censales para poder ejecutar el referéndum por 979.661 euros, pago que se fraccionó con los Departamentos de Presidencia, Cultura, Salud, y Trabajo. La Abogacía considera "un ardid" que las facturas fueran anuladas y recuerda que la empresa interrumpió sus trabajos por la irrupción de la Guardia Civil en su sede.

Jové, según la Abogacía del Estado, también fue el encargado de utilizar del fondo de contingencia 3.430.000 euros para una campaña de publicidad institucional, denominada Civisme, cuyo objeto era difundir y publicitar el referéndum, en septiembre de 2017. No se materializó por la renuncia de las dos empresas adjudicatarias.

Los Servicios Jurídicos del Estado no solicitan que devuelva el dinero presuntamente defraudado, porque entiende que eso se dilucidará en el procedimiento por responsabilidad contable que se sigue ante el Tribunal de Cuentas.