En caso de que sea condenada
Laura Borràs podría cobrar una prestación del Parlament aunque se eliminen las pensiones a expresidentes
La Mesa del Parlament tiene la última palabra a la hora de conceder esta asignación por cese de actividad si llega a solicitarla
Sara González
Periodista
Periodista especializada en Política. Autora de 'Per raó d'Estat' (Ara Llibres), 'Cas Mercuri. La galàxia Bustos' (Saldonar) y 'El part dels comuns. Relat del naixement de Catalunya en Comú' (Saldonar)
Carlota Camps
Redactora especializada en Parlament y política catalana
Graduada en Periodismo y con un máster en Análisis Político, sigue la actualidad política del Parlament de Catalunya y el día a día de varios partidos catalanes.
El debate sobre qué pasará en el Parlament en el caso que su presidenta suspendida, Laura Borràs, sea condenada por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya transita a mayor velocidad que el tiempo judicial. Si una cosa temen los grupos es que la sentencia, que se da por hecho que agitará de nuevo las aguas en la institución, les coja con el pie cambiado y sin saber cómo afrontar situaciones hasta ahora inéditas, motivo por el que ya se han activado el intercambio de propuestas y la previsión de escenarios.
Hay tres frentes abiertos. El primero, el judicial: en caso de condena, ¿intervendrá la Junta Electoral como lo hizo con Quim Torra y Pau Juvillà? El segundo, el político: con la mayoría independentista rota, ¿con qué mayoría se escogería una nueva presidencia y de qué partido? El tercero el técnico, pero no menor, y acarrea también significado político: ¿podría cobrar alguna prestación pública una expresidenta condenada? Conscientes de que las dos primeras son patatas calientes que se afrontarán cuando haya sentencia, con el riesgo que se mezcle con la precampaña de las elecciones municipales, es el tercer melón el que ha abierto el PSC con su propuesta de eliminar las asignaciones y las pensiones a la que tienen derecho los expresidentes cuando cesan del cargo primero y cuando se jubilan después.
Pero aún hay más. Incluso en el supuesto que se suprimieran estas prestaciones que regula la ley del estatuto de los expresidentes del Parlament y de la Generalitat, un debate que los grupos se han propuesto afrontar con celeridad en las próximas semanas, todavía quedaría por resolver la prestación por cese de actividad, parecida a una indemnización por despido, a la que tienen derecho los parlamentarios una vez dejan el escaño mientras no reciban otro salario, sea público o privado.
Se trata de una asignación ajustada al tiempo en el que han sido parlamentarios, que se tienen que solicitar personalmente acreditando que no reciben ninguna prestación más y que es la mesa de la Cámara catalana quien tiene la última palabra. Eso significa que, en caso de ser condenada y que se hubieran eliminado ya las pensiones, si Borràs solicitara el cobro de esta indemnización –una cantidad muy menor a la que tienen derecho los expresidentes– estaría en manos de la mesa decidir si se le concede o no, que "puede decidir cambiar las reglas en cualquier momento", según afirman fuentes parlamentarias. Además, solo lo podría recibir si no cobra de ningún otro sito, tampoco del partido.
Las cantidades
Según la normativa parlamentaria, se cobra el 25% de la asignación mensual recibida según el cargo y multiplicada por el número de años ejercidos, o la parte proporcional en meses. Esto en el caso de haber trabajado una legislatura. Si se han trabajado dos, tres o cuatro o más legislaturas, el porcentaje seria del 50%, 75% o 100%, respectivamente. Borràs solo podría cobrar por una legislatura y con un máximo dos años de ejercicio –si se tiene en cuenta el periodo que lleva suspendida–, por lo que la cuantía ascendería a unos 4.153 euros o 2.768 euros si no se cuenta el tiempo en que ha estado apartada por la causa judicial.
La cuantía ascendería a unos 4.153 euros o 2.768 si no se cuenta el tiempo en que ha estado apartada por la causa judicial
Pero sea como sea, se trata de un montante muy lejos de lo que le correspondería con la ley actual: un 80% del salario –más de 150.000 euros– durante un periodo de cuatro años. Es decir, casi medio millón de euros en total. En duda está si podría recibir la pensión vitalicia una vez se jubilara –un 60% del sueldo–, ya que para ello es necesario haber ejercido el cargo durante por lo menos dos años. Y aquí entra el debate jurídico. Fue el 12 de marzo cuando Borràs cumplió este plazo, pero sin que quede claro si computa o no el tiempo en el que ha estado suspendida.
Con todas estas variables sobre la mesa, los grupos estudian cómo llegar a una entente para impedir que, en caso de condena, Borràs cobre alguna prestación pública. Tanto el PSC como Comuns y Ciutadans han presentado iniciativas en este sentido. El debate levanta ampollas porque también se mezclan intereses propios de los principales partidos, los que tienen la clave para decidir si se aprueba o no una medida de este calibre, porque ERC, PSC y Junts tienen dirigentes con derecho a cobrar –o directamente cobrando– prestaciones porque han sido presidentes del Parlament o de la Generalitat.
Es por ello que, si bien los socialistas planteaban una supresión sólo de las pensiones de los expresidentes de la Cámara catalana –no hay ningún dirigente del PSC en esta situación, solo de ERC (Carme Forcadell, Ernest Benach y Roger Torrent) y de la órbita convergente (Joan Rigol y Núria de Gispert)–, los republicanos piden hacerlo extensivo a los expresidentes de la Generalitat –los hay de CiU, Jordi Pujol y Artur Mas, de Junts, Carles Puigdemont; y del PSC, José Montilla y Pasqual Maragall–.
Todos los grupos, con incomodidad manifiesta de Junts, que deja claro que se desmarcará del "oportunismo", se han mostrado dispuestos a abrir un debate que, admiten, se está teniendo ahora y no antes porque Borràs está a la espera de sentencia. La cuestión es si llegará antes el acuerdo o el veredicto del tribunal.
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