MASCOTAS
Novedades de la Ley de Bienestar Animal: ¿qué son los "gatos comunitarios"?
Uno de los nuevos puntos que se podrían incluir en la norma clasifica los gatos en varias categorías o subgrupos

Estos son los animales que ya no podrás tener en casa con la nueva Ley de Bienestar Animal
La Ley de Bienestar Animal parece estar muy cerca de aprobarse, el texto ya está avalado por la Comisión de Derechos Sociales y espera el pleno del Congreso, pero las discrepancias no se han difuminado, y esto abre el abanico de las posibilidades.
Uno de los puntos más aplaudidos es el encarecimiento del sistema de multas para castigar los casos de maltrato animal, en el que se fija un mínimo de 500 euros en las infracciones más leves y un máximo de 200.000 euros de sanción en el caso de las muy graves. Así como la ampliación de las penas de cárcel: en caso de que el animal muera a causa del maltrato, se establecen penas de hasta 24 meses, ampliables a 36 meses en el caso de que concurran varias agravantes.
Respecto a la norma, envuelta en lo que parece un eterno debate y, más allá de la enmienda del PSOE respecto a los perros de caza, poco a poco se dan a conocer nuevas propuestas que se podrían incluir. La última novedad viene de la mano de los felinos y su clasificación en el caso de los domésticos y de los salvajes.
Para los gatos: nueva clasificación
Según establece la normativa, todos los gatos serán considerados "animales de compañía", algo bastante predecible. Sin embargo, la sorpresa llega de la mano de las categorías que se establecen dentro de este gran grupo.
Los que se tienen como mascota, se considerarán 'gatos del hogar' y deben estar identificados mediante un microchip y registrados, de forma obligatoria, en el sistema de la Unión Europea. Además, al igual que ocurre con los perros, se establece la obligatoriedad de castración a no ser que sean gatos reproductores y figuren registrados como tal.
Pero, dentro de otra subcategoría, se establece la siguiente clasificación:
- Gatos identificados: si están identificados mediante un chip.
- Gatos merodeadores: aquellos que, aun siendo mascotas, salen del domicilio sin supervisión.
- Gatos abandonados y extraviados: en este caso, la diferencia se encuentra en si el animal ha sido reclamado por sus dueños tras perderse o no, pero deben llevar chip.
Gatos comunitarios
De forma similar a la que ocurre con los 'gatos del hogar', se establece una categoría nueva, los 'gatos comunitarios'. En este caso, se entenderían como tales aquellas crías de los gatos merodeadores, abandonados o extraviados, y que, por tanto, no están identificados.
En este subgrupo también se hacen dos distinciones, muy relacionadas con el carácter de los animales. Por un lado, los 'adoptables' en el caso de que potencialmente puedan encontrar un hogar. La otra son los 'no adoptables', que pasarían a formar parte de lo que se denominan colonias felinas.
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