Ley del 'sólo sí es sí'

Alicante se suma a las otras 8 audiencias provinciales que se habían desmarcado del fiscal general

Acuerda también revisar las sentencias por la nueva Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual y aplicar penas más favorables al reo

La ministra de Igualdad, Irene Montero.

La ministra de Igualdad, Irene Montero. / Eduardo Parra - Europa Press

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En espera de los criterios que pueda establecer en unos días el Tribunal Supremo, por el momento los jueces de Madrid, Zaragoza, Vizcaya, Granada, Córdoba, Valladolid, Málaga, Las Palmas de Gran Canaria y, ahora también, Alicante se han desmarcado de las directrices de la Fiscalía General del Estado a la hora de establecer los efectos de la nueva Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como ley del 'sólo sí es sí'.

La Junta de magistrados de las seis secciones penales de la Audiencia Provincial de Alicante ha acordado unificar criterios para la aplicación de la reforma del Código Penal por la Ley Orgánica 10/22 de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del 'solo sí es sí'.

De esta forma, revisará las sentencias firmes en las que el penado esté cumpliendo la pena o pendiente de cumplirla y aplicará "la disposición legal más favorable al reo en cada caso, sin hacer una nueva individualización de la pena".

Así se ha dispuesto en la junta de magistrados presidida por el presidente de la Audiencia Provincial de Alicante, Juan Carlos Cerón, según han informado desde el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

En concreto, la junta de magistrados de las secciones penales de la Audiencia Provincial de Alicante ha acordado que se tramitarán "todas las peticiones de revisión de sentencias firmes". Así, se revisarán aquellas sentencias firmes en las que el penado esté cumpliendo efectivamente o pendiente de cumplir la pena, mientras que no se revisarán "las sentencias cuyo cumplimiento de pena esté suspendido o no se esté llevando a efecto por cualquier circunstancia".

 En este sentido, señala que serán objeto de revisión "todos aquellos casos en los que la pena impuesta con la nueva ley sea más favorable que la pena impuesta en la sentencia firme", pero recalca que "en ningún caso se hará una nueva individualización de la pena".

Por último, ha subrayado que las resoluciones que modifiquen las penas que se dicten, en el caso de que resulte más favorable para el reo la reforma legal, serán notificadas a las víctimas "aunque no estén personadas en el procedimiento y podrán ser objeto de los mismos recursos que las sentencias sometidas a revisión".

La postura de todas estas audiencias provinciales diametralmente opuesta a la defendida por el fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz, en su decreto del pasado lunes, en el que estableció que, al aplicar el denominado 'derecho transitorio', es posible evitar la rebaja de los años de cárcel que deben cumplir los condenados en firme por abusos o agresiones sexuales cuando la pena impuesta en la sentencia sea susceptible de ser impuesta con arreglo al nuevo marco legal resultante de la reforma. Esta postura ya ha sido adoptada en relación con asuntos que deberá resolver en breve el Tribunal Supremo, como es el caso Arandina.