Lenguas cooficiales
El TSJC deniega el 25% de castellano a una familia por la nueva normativa, que lo declara inconstitucional
Cambray celebra que el TSJC vea imposible aplicar el 25% de castellano en las aulas
El tribunal admite que la nueva legislación impide imponer porcentajes, pero cree que esto mismo vulnera la jurisprudencia del TC sobre la materia, sentencias del Supremo y la propia Constitución
ACN
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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha denegado aplicar a un alumno la medida cautelar del 25% de castellano del horario lectivo al considerar que la nueva normativa de la Generalitat lo impide.
No obstante, cuestiona la constitucionalidad del decreto ley y la nueva ley de política lingüística y pregunta a las partes si hay que presentar una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC).
En una providencia avanzada por TV-3 y a la cual ha tenido acceso la agencia ACN, el tribunal admite que la nueva legislación impide imponer porcentajes, pero cree que esto mismo vulnera la jurisprudencia del TC sobre la materia, sentencias del Supremo y la propia Constitución.
Según los magistrados, los dos textos legales "contravienen los cimientos constitucionales de la consideración del castellano como lengua vehicular de la enseñanza" y "definen un modelo lingüístico en el ámbito escolar que resulta incompatible con los parámetros sobre el modelo de conjunción lingüística tomados en consideración en la reiterada interpretación conforme a la Constitución realizada por esta sala, así como por la jurisprudencia del Tribunal Supremo".
Además, recuerdan que el decreto del Gobierno se aprobó coincidiendo con el plazo de ejecución forzosa de la sentencia que establecía el 25% de castellano en toda la educación, "cosa que pose de relevo que la finalidad de esta legislación de urgencia está en conexión con la de evitar el cumplimiento de la sentencia".
Vulneración de la cooficialidad
Así pues, la providencia considera que los dos textos vulneran la cooficialidad del castellano y su consideración como lengua vehicular en la enseñanza, que estableció la sentencia del Estatuto del Tribunal Constitucional el 2010.
También creen que vulneran otros artículos de la Constitución por el que hace la finalidad de las normas y su necesidad y proporcionalidad del sacrificio del derecho a la tutela judicial efectiva y tutelar, así como en la existencia de una necesidad urgente y extraordinaria que justifique un decreto ley.
Por todo esto, ha dado diez días a las partes y la fiscalía porque se pronuncien sobre la pertenencia de presentar una cuestión de inconstitucionalidad ante el TC sobre la nueva normativa lingüística.
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