En la investidura fallida de Aragonès
El TC declara vulnerados los derechos de Vox y Cs por permitir a Puig delegar el voto
El alto tribunal estima los recursos de ambos partidos contra la decisión de la Mesa de reconsiderar su posición
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
La delegación del voto en el Parlament no está prevista para que puedan ejercer este derecho los huidos de la justicia. El Tribunal Constitucional ha vuelto a decirlo en otras dos sentencias. En una declara vulnerados los derechos de representación de Ciutadans y en otra los de Vox, pero ambos son por la negativa de la Mesa de la Cámara catalana a reconsiderar su acuerdo para permitir que el 'exconseller' de Cultura delegara su voto en la diputada de Junts Gemma Geis durante la investidura fallida de Pere Aragonès como presidente de la Generalitat.
No es la primera vez que el Constitucional se pronuncia sobre la delegación de voto. El pasado mes de marzo lo hizo respecto de los del expresidente catalán Carles Puigdemont y el 'exconseller' Toni Comín y en la sentencia decía expresamente que este mecanismo está pensado para situaciones imprevisibles, pero no para "quien voluntariamente ha decidido eludir la acción de la jurisdicción penal española y sobre el que pesa una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión, tal como sucede con los diputados a los que la Mesa ha permitido delegar su voto".
Otras dos sentencias
Ahora lo vuelve a decir en dos resoluciones de las que se ha adelantado el fallo y que se suman a la del pasado mes de junio que a instancias de un recurso del PSC ya declaraba inconstitucional la delegación del voto de Puig. Las de este lunes declaran vulnerados los derechos de Vox y Ciutadans, y de quienes les votaron y les eligieron como sus representantes, por los acuerdos de la Mesa del Parlament del 26 de marzo de 2021 que se negaron a reconsiderar su decisión anterior que permitía a Puig delegar el voto.
Con esta jurisprudencia se antoja imposible que pueda contabilizarse de alguna forma el voto del diputado que reside en Bélgica desde 2017, pese al anuncio que la semana pasada hizo la presidenta del Parlament, Laura Borràs, en el último pleno de la Cámara catalana. O al menos esperar a que no sea anulado cuando sea revisado por el Constitucional. No obstante, en la sentencia relativa a Puigdemont y Comín, el alto tribunal descartaba expresamente anular las decisiones adoptadas por el Parlament con los votos delegados.
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