Por unanimidad

El Consell de Garanties Estatutàries avala la nueva ley del catalán en las aulas

El dictamen asegura que la nueva normativa amplía el uso del castellano y que "es obvio que va más allá de su utilización solo en la impartición de esa lengua como materia, asignatura o área" en las escuelas

Hemiciclo del Parlament de Catalunya.

Hemiciclo del Parlament de Catalunya. / Europa Press

Júlia Regué
Daniel G. Sastre
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El Parlament aprobará este miércoles con una amplia mayoría de 106 diputados (el 78% del hemiciclo) la nueva ley sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la educación no universitaria después de que el Consell de Garanties Estatutàries haya dictaminado por unanimidad que se ajusta a la Constitución y al Estatut. La maniobra de Vox, Cs y PPC consiguió frenar el debate y votación, evitando incluso que PSC, ERC, Junts y 'comuns' pudieran cumplir con la ejecución de la sentencia antes del 31 de mayo, como requería el TSJC, pero el órgano consultivo no encontró indicios de inconstitucionalidad, algo que deberá dirimir el Tribunal Constitucional cuando la triple derecha presente su ya anunciado recurso.

La nueva ley fija el catalán como lengua vehicular y garantiza el castellano como lengua curricular sin establecer porcentajes en las aulas. Vox, Cs y PPC recurrieron al CGE alegando que el redactado "no declara el castellano como lengua vehicular en condiciones de igualdad con el catalán" y que "carece del establecimiento de un mínimo del 25% de castellano". Pero, pese a sus objeciones, el dictamen concluye que se otorga a esa lengua "un uso más amplio" que en normas anteriores y que atañe al poder legislativo decidir si se deben establecer porcentajes en las aulas, no al poder judicial. "Entender lo contrario conduciría a atribuir a los tribunales una facultad de decisión política que sobrepasa la función jurisdiccional que les otorga la Constitución", reza el dictamen.

Compatible con el TSJC

En opinión de los juristas, el uso "curricular y educativo" que se reconoce al castellano tiene dos implicaciones: "Por un lado, claramente, la lengua declarada de uso curricular y educativo no queda excluida del sistema educativo y, por otra, se le reconoce un uso que es obvio que va más allá de su utilización solo en la impartición de esa lengua como materia, asignatura o área".

Es decir que, según el CGE, la ley es compatible con la sentencia del TSJC. El dictamen añade que "la previsión de un tratamiento lingüístico global, que tenga en cuenta el conjunto de actividades educativas" es precisamente "lo que queda claramente reflejado con la calificación del catalán y el castellano como lenguas de uso curricular y educativo".

"El hecho de que la lengua catalana sea lengua vehicular de la enseñanza no supone en ningún caso la exclusión de la lengua castellana como lengua docente", subraya el CGE, y razona que la ley básica estatal no establece el castellano como idioma vehicular, por lo que "no se puede reprochar, obviamente, que no lo haga la legislación catalana".