Nuevo sistema

PSC, ERC, JxCat y 'comuns' ultiman un pacto sin porcentajes de castellano en las aulas

Las direcciones de los partidos deben ratificar en los próximos días el histórico acuerdo, que actualiza el modelo lingüístico escolar

Un aula de Infantil 3 en la escuela pública Diputació de Barcelona.

Un aula de Infantil 3 en la escuela pública Diputació de Barcelona. / Manu Mitru

Daniel G. Sastre

Daniel G. Sastre

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PSC, ERC, JxCat y los 'comuns', los partidos que llevan semanas intentando alcanzar un pacto sobre las lenguas en las escuelas catalanas que dé respuesta a la sentencia que dispone que un 25% de las clases se den en castellano, están a un paso de alcanzar ese objetivo histórico para renovar el consenso idiomático en las aulas. Representantes de esas formaciones han pactado una nueva proposición de ley, oficialmente llamada "sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria", que se debatirá en los próximos días en las direcciones de los partidos.

El texto, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, no contempla porcentajes para cada lengua, lo que supone un gesto hacia las tesis socialistas. En cambio, está recogido en una nueva norma, mientras que el PSC prefería en un principio modificar la ley de Política Lingüística para responder a la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), como habían pactado todos antes de que Junts cediera a la presión del soberanismo más irredento y se descolgase. Es de prever que la otra herramienta con la que los partidos responderán al fallo, un decreto del Govern, sí recogerá puntos de vista más cercanos a los del independentismo, y por eso está por ver qué apoyos logra concitar en el Parlament.

Pero la proposición de ley sí lleva al pie los nombres de Alícia Romero (PSC), Marta Vilalta (ERC), Mònica Sales (Junts) y David Cid (En Comú Podem), cuatro de los negociadores de las últimas semanas. Si las direcciones de los partidos dan su visto bueno, la norma se tramitará por el procedimiento de lectura única y por urgencia extraordinaria.

De aprobarse, la ley tendrá solo tres artículos y dos disposiciones adicionales. "El catalán, como lengua propia de Catalunya, es la lengua normalmente empleada como lengua vehicular y de aprendizaje del sistema educativo y la de uso normal en la acogida del alumnado recién llegado", dice el artículo 2, que incluye esta última precisión a petición de Junts. Y continúa: "El castellano es empleado en los términos que fijen los proyectos lingüísticos de cada centro, de acuerdo con los criterios que se establecen en el artículo 3".

En ese tercer apartado, dedicado a "la determinación de la presencia de las lenguas oficiales en el currículum y en los proyectos lingüísticos", se hallan los aspectos más importantes de la norma. "Para que el alumnado alcance el dominio oral y escrito del catalán y el castellano al final de la educación obligatoria, estas lenguas deben tener una presencia adecuada en los currículums y en los proyectos lingüísticos de los centros", dice en su segundo punto.

El entorno de cada centro, clave

En el tercero, afirma que se tendrá en cuenta el entorno de cada escuela en materia lingüística. "La determinación de la presencia de las lenguas oficiales en la enseñanza debe tener en cuenta la situación sociolingüística general, la de los centros y su entorno, los objetivos de normalización lingüística y la evolución del proceso de aprendizaje lingüístico, oral y escrito, de acuerdo con los instrumentos de control, evaluación y mejora de las competencias lingüísticas. El alcance de esta presencia debe determinarse exclusivamente con criterios pedagógicos y desde un abordaje global, integrador y de transversalidad curricular que incluya todos los recursos de aprendizaje, también los de carácter digital", dice el texto.

La parte dispositiva viene precedida de una larga exposición de motivos en la que los partidos repasan la historia de la lengua en la escuela catalana después del franquismo, y subraya la importancia que se ha dado en Catalunya a que los alumnos no sean separados en los centros en función de su idioma materno.

También se enumeran los "elementos jurídicos, sociales, pedagógicos y tecnológicos" -sin más precisión con respecto a la sentencia del TSJC- que "hacen necesaria la adaptación puntual del régimen lingüístico general relativo a la enseñanza no universitaria [...] para alcalzar la finalidad estatutaria y legalmente establecida de garantía del dominio oral y escrito de las dos lenguas oficiales por parte del alumnado".

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