Al no resolverse sus indultos
La prescripción de sus penas libra de la cárcel a los condenados por el asalto al Parlament
Sus penas de 3 años de prisión quedaron en suspenso en 2015, mientras se resolviera el indulto
Un cambio en el Código Penal ese mismo año impedirá que se produzca en otros casos
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
La Audiencia Nacional absolvió en 2014 a 19 de los 20 acusados por el asalto al Parlament que se vivió el 15 de junio del 2011, en la anterior crisis económica. En 2015 el Tribunal Supremo revocó esa sentencia y condenó a ocho de ellos a tres años de prisión por un delito contra las instituciones del Estado. Ninguno ingresó en prisión, porque recurrieron al Tribunal Constitucional y solicitaron el indulto. Ahora, como han transcurrido más de cinco años desde que la sentencia adquirió firmeza, la pena ha sido declarada prescrita.
La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional, que fue la encargada de juzgar cómo se impidió a los diputados catalanes acudir al Parlament y el entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas, tuvo que hacerlo en helicóptero, ha dictado un auto por cada uno de los ocho condenados por el Supremo.
El fiscal se ha mostrado conforme, porque desde que se declaró firme la condena, que es el momento en el que se pronunció el Supremo, han trascurrido más de cinco años, plazo de prescripción de las penas pequeñas, como las de este caso. Una de las resoluciones, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, explica que el Código Penal se modificó en 2015 para evitar esta situación, pero a los condenados por el asedio a la Cámara no les afecta porque fue posterior a la suspensión de su condena.
Aún pendiente
En el caso del asedio al Parlament, la pena se suspendió porque cursaron una petición de indulto, que siete años después aún no se ha resuelto, y recurrieron en amparo, impugnación que el Constitucional no resolvió hasta el año pasado. Ninguno de esos trámites suspendía el plazo de prescripción.
La tardanza en pronunciarse del tribunal de garantías obedece a que la ponencia a favor de la absolución de los condenados por el Supremo, por no haber sido oídos en esa instancia, supuso una quiebra en las relaciones entre los magistrados que entonces formaban su pleno. La sentencia que confirmó las condenas reflejó esta división ya que se dictó por seis votos frente a cuatro.
Los incidentes por los que fueron condenados se produjeron el 15 de junio de 2011, durante una concentración ante el Parlament contra los recortes sociales convocada por el Movimiento 15M, que derivó en situaciones de asedio a parlamentarios, entre ellos Mas, la presidenta de la Cámara, Núria de Gispert, y un buen número de 'consellers', algunos de los cuales tuvieron que acceder por aire al parque de la Ciutadella.
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