Caso Gürtel

Camps pide amparo ante el Tribunal de Justicia Europeo por vulnerar presunción de inocencia

El expresidente de la Generalitat recrimina que se le haya imputado en la pieza de la Gürtel de los contratos menores "sin pruebas y por declaraciones de encausados" como Correa, Costa y El Bigotes "que no son creíbles"

Francisco Camps.

Francisco Camps. / EP

L.B.

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El expresidente valenciano Francisco Camps ha solicitado a la Audiencia Nacional que eleve ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hasta ocho cuestiones prejudiciales relativas a su imputación en Gürtel ya que alega que se le juzgará sin pruebas y, por lo tanto, se vulnera su derecho a la presunción de inocencia. Pide que sean tramitadas por el procedimiento de urgencia y que se acuerde la suspensión del procedimiento para él mientras se resuelve. Ya en noviembre anunció que recurriría ante el TJUE su "persecución judicial" en los últimos 12 años, tras el archivo de la novena causa de las diez abiertas contra él. Entonces, afirmó que sigue a disposición del PP "para desarrollar todo su potencial".

Ahora, en el escrito presentado en diciembre ante el Juzgado Central de Instrucción número 5, adelantado por Vozpopuli y al que ha tenido acceso Europa Press, se refiere a la directiva europea 2016/343 por la que se refuerza en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio. Y recuerda que no hay trasposición de la misma a España pese a que debía haberse hecho antes de 2018. A juicio de la defensa esto afecta a su patrocinado puesto que se le ha privado del principio de presunción de inocencia, del principio de 'in dubio pro reo' -esto es, si hay dudas siempre se resuelve a favor de reo-, se le ha tratado como culpable siendo sospechoso y no se han buscado tanto pruebas inculpatorias como exculpatorias en su caso.

"En aras a evitar la arbitrariedad, con la consiguiente afectación grave en los derechos fundamentales en este caso de Francisco Camps, se plantea la interpretación de determinados aspectos de la Directiva 343/2016 que deben guiar la resolución de cuestiones cuyo ajuste normativo ha suscitado dudas, y, que, por ser estrictamente procesales o bien pertenecer al elenco de cuestiones previas a la celebración del juicio, impetran desde ya su esclarecimiento y posterior adaptación al criterio que determine el Tribunal de Justicia de la Unión Europea", indica.

La defensa en el escrito pone en antecedentes al TJUE, y recuerda que fue incorporado como investigado a la pieza 5 de Gürtel ( que ha instruido los 1,8 millones en contratos menores adjudicados desde cuatro "conselleries" y cinco empresas públicas a la trama) cuando ya estaba en fase de celebración del juicio oral. Respecto a Camps sólo se investiga un contrato menor con la mercantil Orange Market para el Stand de Fitur de 2009, ya que el resto había prescrito para él. También señala que los hechos que provocaron que la Fiscalía incorporara como imputado a Camps en la causa de los contratos con la Gürtel fueron repentinos y fruto de una conformidad de otros acusados (Ricardo Costa, Francisco Correa y Álvaro Pérez -el Bigotes-).

"¿Qué dijeron estas personas? Que Francisco Camps había dado su aprobación tanto a la decisión de asignar la campaña electoral del Partido Popular a Orange Market como al sistema de pagos a la misma", indica, para luego añadir que ni los declarantes sostuvieron esto en grado de convicción ni son personas "creíbles".

Afea que "la Fiscalía, y por ende el juzgado instructor, admitió y dio por probado un hecho declarado en un procedimiento sin haberse sometido esa cuestión a contradicción". Y añade que ante la ausencia de pruebas incluso en el auto de transformación a procedimiento abreviado de fecha 3 de junio de 2019 el instructor "se basa en una mera conjetura" ya que sostiene que la adjudicación a Orange Market del stand Fitur 2009 "sólo pudo deberse a las instrucciones impartidas desde la consellería, a cuyo titular Camps Ortiz dio las oportunas indicaciones".

"Sesgo político"

Recuerda además que esta cuestión ya había sido juzgada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en el procedimiento 2/2012 relativo a la contratación pública adjudicada por la Generalitat Valenciana con la mercantil Orange Market respecto de los expedientes de contratación y obras menores de FITUR de los años 2005 a 2009 (Sentencia 2/2017 de 8 de febrero de 2017). Y añade que en esta causa Camps "ni siquiera fue llamado como testigo a declarar; causa cuya resolución en nada le afectó negativamente y, a mayor abundamiento, se absolvió a la consellera (del año 2009) Angelica Such".

Tras esto, insiste en que "la afirmación de autoría no puede hacerse depender de un pálpito; de una convicción marcadamente subjetiva, ajena al contenido de lo que se presenta como prueba". Y dice que el cuestionamiento de la imparcialidad del instructor que le imputó en esa pieza 5, José de la Mata, ya ha sido planteada en el procedimiento. Recuerda al hilo que De la Mata es ex alto cargo del PSOE, "partido que ostenta la acusación popular de la presente causa" que se dirige contra "un ex alto cargo político del Partido Popular". "Estamos ante un claro juicio de sesgo político", añade.

"El objeto de la investigación suplementaria era determinar si Dora Ibars recibió indicaciones o no, y de facto, desde el inicio, se convirtió en una investigación contra Francisco Camps", lamenta para luego decir que la causa es prospectiva y "ad personam".

Las ocho prejudiciales

Tras esta exposición, la defensa enumera las ocho cuestiones prejudiciales, la primera de las cuales se refiere al principio de presunción de inocencia en su dimensión extraprocesal, juicio paralelos. "¿Es conforme a tales disposiciones --europeas-- extraer de unas declaraciones prestadas en un juicio y no sometidas a contradicción, una hipótesis acusatoria en otro procedimiento?", se pregunta la defensa del expresidente.