Investigación

Por qué la defensa de Juan Carlos I no aportó en Londres un dictamen oficial sobre su estatus

El Ministerio de Justicia confirma a este diario que no hubo solicitud sobre la cuestión

El rey Juan Carlos I, en marzo del 2011.

El rey Juan Carlos I, en marzo del 2011. / AFP / PIERRE-PHILIPPE MARCOU

Ernesto Ekaizer

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Uno de los intríngulis más sugerentes de las audiencias del lunes 6 y 7 de diciembre pasados en el Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales sobre la inmunidad soberana y de jurisdicción que alega Juan Carlos I frente a la demanda civil de su examante Corinna zu Sayn-Wittgenstein por acoso, seguimiento ilegal y difamación es el siguiente: ¿por qué su abogado Daniel Bethlehem, contratado por el bufete Clifford Chance, se abstuvo de aportar un dictamen oficial de España sobre el estatus del rey emérito al tribunal?

En la primera sesión, el lunes día 6, cuando el abogado explicó que Juan Carlos I formaba parte de la familia y de la casa ('household') de su hijo, el rey Felipe VI, el juez Matthew Nicklin le interrumpió. Tanto énfasis del letrado le hacía sentir "poco confortable". Y explicó por qué: "Estaría más tranquilo si el Estado español dijera eso. No me corresponde a mí decirlo". Y sugirió que se podía pedir aclaración por vía diplomática. A Bethlehem no le pareció una brillante idea. Ni mucho menos. "Los estados son muy reacios a involucrarse en estos casos, por las conclusiones que podrían derivarse".

Los 'skeletons'

La intervención del juez no fue improvisada. Porque en el procedimiento civil y penal inglés todo está puesto negro sobre blanco con anterioridad en los llamados 'skeletons', los extensos argumentarios que se reparten entre sí las partes, y a los que el juez tiene acceso.

El único punto acordado entre demandante y demandado para la audiencia el pasado 26 de noviembre era el de argumentar sobre una cuestión previa esencial que decide la partida. Según el escrito de la defensa de Juan Carlos I, era "si Su Majestad, alto miembro de la Familia y la Casa Real de España, es inmune ante la jurisdicción de los tribunales ingleses".

Nótese que se define ya al emérito como miembro de la Casa Real de España. En su intercambio preliminar, los abogados de la demandante ya advertían que la ley inglesa de inmunidad de Estado (State Immunity Act) exige la presentación de un certificado de parte del Secretario de Estado donde se establece de manera concluyente sobre las persona o personas que deben ser consideradas jefe de Estado.

Ninguna prueba

"Ninguna prueba ha sido aportada por, o de parte, del rey Felipe VI, de que Juan Carlos I es integrante de su casa o de que España afirma la inmunidad a pesar de que este tema se planteó concretamente en el informe del abogado Robin Rathmell [de la defensa de Corinna] y no fue contestado en el informe de Jeremy Paul Kosky, socio de Clifford Chance, que actúa en representación de Juan Carlos I. La única inferencia es que España no afirma que el demandado goza de inmunidad".

La defensa de Juan Carlos I aporta un informe del abogado Bernardo del Rosal en el que se señala que "su abdicación ha creado una posición nueva sin precedentes", y agrega que le confiere cobertura legal y estatus en "en un sentido mucho más profundo y trascendental". Del Rosal ha trabajado como responsable del departamento penal económico de Clifford Chance entre 2012 y 2016 y fue consultor externo del bufete entre enero y septiembre de 2017.

Documento contraproducente

¿Por qué aportar este informe y no una aclaración de la Casa de Su Majestad el Rey o del Gobierno español como ha sugerido el juez Nicklin? EL PERIÓDICO ha formulado la pregunta al Ministerio de Justicia. ¿Ha habido alguna consulta, gestión, directa o indirecta, por parte de la defensa de Juan Carlos I, sobre el estatus del rey emérito en España? Este jueves, un portavoz señaló: "No ha tenido entrada en el Ministerio de Justicia ninguna solicitud sobre esta cuestión".

La única razón por la cual la defensa ha resuelto no solicitar para la vista de Londres una aclaración oficial a España --como la que sugirió el juez Nicklin-- es porque difícilmente le ayudaría a reforzar sus argumentos.

Como ha respondido la defensa de Corinna, "la insinuación de que la ley española determina el asunto de la pertenencia a la Casa de Felipe VI para gozar de inmunidad es errónea. Estaría sugiriendo que cualquier estado con miles de miembros de la familia real podrían ser tratados en la ley interna como parte de la casa del jefe de Estado y, por tanto, gozar de inmunidad de Estado, lo que es totalmente erróneo”.

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