Ratificación
La jueza de Ceuta mantiene la suspensión cautelar de repatriación de 9 menores marroquís al margen de la legislación española
La decisión admite "recurso de apelación en un solo efecto" por parte de la ciudad o de la Abogacía del Estado
EFE
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La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta ha notificado que mantiene la suspensión cautelar urgente de la repatriación de nueve menores migrantes que fue solicitada por la Asociación Coordinadora de Barrios para el Seguimiento de Menores y Jóvenes.
Esta asociación, junto con la Fundación Raíces, solicitó el pasado 16 de agosto la suspensión de la devolución de 12 menores, pero tres de ellos ya estaban en Marruecos. La jueza acordó que se suspendiera el procedimiento para los nueve que no llegaron a cruzar la frontera, y ahora ratifica esa decisión.
Días después, y tras la apertura de otros procedimientos en instancias judiciales, el Gobierno de la ciudad autónoma anunció que mantendría paralizada la devolución del resto de menores que siguen en Ceuta desde la entrada masiva del pasado mes de mayo hasta que haya un pronunciamiento judicial definitivo.
Según se recoge en el auto emitido este miércoles por la magistrada, una vez estudiada toda la documentación presentada por la Delegación del Gobierno y la Fiscalía, se ha decidido "mantener la suspensión de la actuación material dirigida a repatriar a los menores no acompañados que aún no han sido devueltos a Marruecos".
Además, añade que "no consta que se haya comunicado el inicio del proceso de repatriación ni a los menores, ni a la Ciudad Autónoma de Ceuta pese a asumir esta la guarda de los menores, ni tampoco al Ministerio Fiscal", por lo que no se puede saber si estas repatriaciones cumplen con los trámites exigidos.
La magistrada recuerda a las partes implicadas que "uno de los principios esenciales del ordenamiento es que las leyes deben cumplirse en sus propios términos", destacando que precisamente ello implica que "todos, incluidas las administraciones, tienen la obligación de las normas vigentes, sin realizar excepciones no contempladas expresamente en el propio texto normativo".
Sobre esta cuestión también pone de manifiesto que el incumplimiento de estos trámites que están recogidos en el ordenamiento jurídico "generan indefensión en los menores que han sido privados de la posibilidad de formular alegaciones o proponer prueba; de conocer los concretos datos tenidos en cuenta para adoptar tal decisión; y de poder accionar los recursos establecidos para dejar sin efecto la resolución".
Una vez conocida la decisión de la magistrada del Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta habrá que estar a la espera de si la Ciudad o la Abogacía del Estado la recurren, ya que, tal y como se resalta en el auto, "cabe interponer recurso de apelación en un solo efecto".
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