Ley de Memoria Democrática
El Gobierno ajusta el concepto 'víctima del franquismo' y los motivos para ilegalizar la fundación Franco
El texto final amplia la consideración de víctimas a los represaliados por la lucha sindical, entre otros casos
El Ejecutivo señala que la amnistía de 1977 no implica olvido y defiende que hay que "garantizar el derecho a la verdad"

Explanada de la basílica del Valle de los Caídos. /
El Gobierno ha aprobado este martes el anteproyecto de Ley de Memoria Democrática para que la norma arranque su tramitación parlamentaria. El texto, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, incluye varios cambios respecto al borrador anterior. En concreto, ajusta el concepto de 'víctima del franquismo' incluyendo a aquellos que fueron represaliados por su "lucha sindicalista" o por formar parte de la Unión Militar Democrática. La redacción también matiza los motivos para ilegalizar a la Fundación Franco, detallando que se cerrarán las fundaciones que hagan apología del franquismo "con menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas".
La norma, en la que el Ejecutivo lleva varios meses trabajando sobre la base del primer texto también adelantó El PERIÓDICO, amplía la consideración de víctimas no solo a los fusilados, los torturados o los enviados a campos de concentración; también a "las personas que sufrieron privaciones de libertad o detenciones arbitrarias, torturas o malos tratos como consecuencia de la Guerra, la lucha sindical y actividades de oposición a la Dictadura" y a quienes militaron en la Unión Militar Democrática. A estas nuevas concepciones se suma también la de aquellas personas que "hayan sufrido daños o represalias al intervenir para prestar asistencia a víctimas en peligro o para impedir la victimización".
Las víctimas que reconoce la nueva ley podrán pedir declaraciones de reparación, pero sin que su reclamación "pueda producir efectos para el reconocimiento de responsabilidad patrimonial del Estado, de cualquier administración pública o de particulares, ni dar lugar a efecto, reparación o indemnización de índole económica o profesional". El nuevo texto perfecciona la disposición ya prevista para la creación de un censo de víctimas, estableciendo la obligación de aclarar en la medida de lo posible el cuándo, el dónde y "la fuente de la que procede la información".
A petición del Supremo
El texto que llevará el recién nombrado ministro de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, al Consejo de Ministros también concreta los motivos para ilegalizar la Fundación Francisco Franco. El borrador establecía la extinción de aquellas fundaciones que, en contra del interés general, realizaran "apología del franquismo o la incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las víctimas". Sin embargo, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) emitió un informe crítico a principios del pasado junio en el que señalaba que defender la dictadura franquista "está amparado por la libertad de expresión".
La redacción final, a propuesta del CGPJ, incluye que serán ilegales aquellas fundaciones o asociaciones que hagan "apología del franquismo que ensalce el golpe de Estado y la dictadura o enaltezcan a sus dirigentes, con menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo, o incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las mismas por su condición de tales.
Petición de nacionalización
Entre los cambios realizados, el Gobierno ha ampliado las circunstancias en las que personas nacidas fuera de España, pero descendientes de exiliados, puedan solicitar la nacionalidad española. En este caso, ha incluido a los hijos e hijas de las mujeres que perdieron su nacionalidad al casarse con extranjeros antes de que entrara en vigor la Constitución de 1978. La nueva norma, además, recoge cambios de menor calado. Entre ellos, se desgranan las competencias del Centro Documental de la Memoria Historia o se elimina el artículo que hacía referencias a "un programa de visitas escolares" al 'Panteón de Hombres Ilustres', renombrado en la ley como Panteón de España.
Hay además en la exposición de motivos del texto definitivo que llega al Consejo de Ministros un importante párrafo matizador de los efectos de la Ley de Amnistía de 1977 con el que se consolidaba el inicio de la Transición. Para el Gobierno, 'amnistía' no implica 'olvido'. La nueva Ley de Memoria considera tras citar la amnistía que "sin perjuicio de la voluntad de reconciliación y de construcción de una sociedad democrática avanzada que presidió ese proceso político, (…), se ha de garantizar el derecho a la verdad de las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos o del derecho internacional humanitario, así como las oportunas formas de reconocimiento y reparación".
Tribunales, medallas y el Valle de los Caídos
Se mantiene la misma redacción relativa a la posible revocación de distinciones, nombramientos, títulos y honores institucionales, así como de condecoraciones y recompensas o supresión de títulos nobilarios "que hayan sido concedidos o supongan la exhaltación" de la contienda civil o la era franquista. Un ejemplo claro sería el caso de 'Billy El Niño', el policía recientemente fallecido tras enfermar de Covid. También continúa sin cambios el artículo referente a otorgar "carácter radicalmente nulo" a todas las condenas y sanciones producidas "por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa" durante la Guerra Civil o la dictadura, lo que incluye al 'president' de la Generalitat Lluís Companys. En el articulado se mantiene las sanciones, que van desde los 200 euros hasta los 150.000 dependiendo de su gravedad o la "resignificación" del Valle de los Caídos y la disolución de la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos.
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