Desobediencia y desórdenes públicos

El TSJC archiva la causa contra la diputada de la CUP Laia Estrada

El tribunal considera que la instrucción del juzgado de Tarragona es insuficiente para continuar con el procedimiento

La diputada de la CUP-NCG, Laia Estrada.

La diputada de la CUP-NCG, Laia Estrada. / ACN / Mariona Puig

Júlia Regué

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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha acordado archivar la causa contra la diputada de la CUP, Laia Estrada, al no apreciar delito de desórdenes públicos ni de desobediencia al "simple hecho" de retirar una valla en una protesta y tras constatar el "déficit argumental" de la exposición razonada del juzgado número seis de Tarragona que abrió la causa.

La jueza llegó a dictar una orden de detención contra Estrada cuando ya era aforada, por lo que la terminó dejando sin efecto, tras no haber acudido a declarar en dos ocasiones por su participación en una protesta el 21 de diciembre de 2018 contra la celebración del Consejo de Ministros en Barcelona.

Según el juzgado de Tarragona, aquel día se convocó una concentración a las 8h en la plaza Corsini de Tarragona bajo el lema 'Tombem el regim' por parte de los CDR y otras entidades independentistas que siguió con una manifestación por la ciudad y que, a las 10.37 horas, al pasar por la Rambla de Lluís Companys, Estrada presuntamente desplazó el cierre de protección establecido por la policía, con el fin de que los manifestantes accedieran a la calle de la puerta principal del edificio de la Audiencia Provincial.

Pero, pese a la consideración de la jueza de instrucción, el TSJC, al igual que la Fiscalía Superior de Catalunya -que ya se mostró a favor del archivo de la causa-, entiende que los hechos no integran ninguno de los dos tipos penales y que la exposición razonada no es suficientemente exhaustiva ni individualizada.

"Del simple hecho de retirar una valla que daba acceso a una calle desde la que se podía acceder al Palacio de Justicia de Tarragona, no se puede inferir la presunta comisión de un delito de desórdenes públicos y/o de desobediencia; dicho de otro modo, en línea con el informe de la Fiscalía, la exposición razonada no describe indicio alguno que complete las exigencias típicas de dichos posible delitos mencionados en la misma", argumenta el TSJC para acordar el archivo del procedimiento.

La diputada ha celebrado la decisión en Twitter, pero ha añadido que "el problema es que no se debería haber empezado a instruir porque no tiene ningún fundamento, que es lo mismo que le pasa a miles de represaliados".