Llamada a filas

Las claves de la reforma de la Ley de Seguridad Nacional que prepara el Gobierno de Sánchez

El texto recoge la posibilidad de ser movilizado ante una emergencia y la requisa temporal de todo tipo de bienes

Pedro Sánchez

Pedro Sánchez / EUROPA PRESS / ISABEL INFANTES

Miguel Ángel Rodríguez

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¿Podrán llamarme a filas en una situación de Seguridad Nacional? Mucha gente se ha hecho esta pregunta en los últimos días tras conocerse que el Gobierno de Pedro Sánchez está trabajando en el anteproyecto de ley para reformar la Ley de Seguridad Nacional. EL PERIÓDICO ha tenido acceso al documento elaborado por el departamento de la vicepresidente primera, Carmen Calvo, que establece que todos los ciudadanos "están sujetos al deber de colaborar, personal o materialmente, en la situación de interés para la Seguridad Nacional". A continuación, desgranamos las claves de esta reforma:

¿Qué es una situación de interés para la Seguridad Nacional?

La Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional define en su artículo 23 que la situación de interés para la Seguridad Nacional "es aquella en la que, por la gravedad de sus efectos y la dimensión, urgencia y transversalidad de las medidas para su resolución, requiere de la coordinación reforzada de las autoridades competentes en el desempeño de sus atribuciones ordinarias" para garantizar "el funcionamiento óptimo, integrado y flexible de todos los recursos disponibles".

Esta norma señala que los ámbitos de especial interés de la Seguridad Nacional son "la ciberseguridad, la seguridad económica y financiera, la seguridad marítima, la seguridad del espacio aéreo y ultraterrestre, la seguridad energética, la seguridad sanitaria y la preservación del medio ambiente".

¿Podrían llamarme a filas en algunos de estos casos?

El texto, cuyo objetivo es regular la "preparación y disposición de la contribución de recursos a la Seguridad Nacional" que quedó pendiente en la norma de 2015, señala que "los ciudadanos están sujetos al deber de colaborar, personal o materialmente" en caso de que lo requieran las autoridades. Más concretamente, establece que "cualquier persona, a partir de la mayoría de edad, estará obligada a la realización de las prestaciones personales que exijan las autoridades", sin derecho a indemnización y cumpliendo las órdenes que se establezcan.

¿Qué ocurría hasta ahora en estas situaciones?

Actualmente, todos los ciudadanos mayores de edad también están obligados a "la realización de prestaciones personales" exigidas por las autoridades, según la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil. La redacción de esta ley y del anteproyecto en el que trabaja el Gobierno es prácticamente idéntico. Tan solo cambia que en la norma del 2015 se habla de "casos de emergencia" en lugar de "casos de situación de interés para la Seguridad Nacional".

En ambos casos, el articulado se sustentan en el artículo 30.4 de la Constitución que indica que "mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública".

¿Y qué ocurre con mis bienes?

En estas situaciones, las autoridades competentes "podrán proceder a la requisa temporal de todo tipo de bienes, así como a la intervención u ocupación transitoria de los que sean necesarios y, en su caso, a la suspensión de actividades". En este caso, el texto sí que recoge que las personas afectadas "tendrán derecho a ser indemnizados". Una vez más, el texto coincide prácticamente con la Ley de Protección Civil.

¿Cómo puede afectar esta reforma a las empresas?

La norma establece que las personas jurídicas tienen el deber de colaborar materialmente. Además, el texto recoge la creación de la Reserva Estratégica basada en las Capacidades Nacionales de Producción Industrial (RECAPI) que tiene como objetivo asegurar la producción industrial que "permita mitigar a dependencia exterior de aquellos recursos de primera necesidad o de carácter estratégico, con el fin de mantener la eficacia del Sistema de Seguridad Nacional. Es decir, podrían tomar el mando de industrias concretas para redirigir la producción hacia la consecución de bienes básicos. En este sentido, el texto detalla que la crisis del coronavirus ha demostrado la "dependencia del abastecimiento exterior y la fragilidad del flujo comercial".

Pero, ¿cuándo entra en vigor este texto?

Por el momento, se trata de un anteproyecto de ley que aprobó el Consejo de Ministros el pasado 22 de junio. Sin embargo, aún falta que el Gobierno apruebe el proyecto en sí, . En ese momento, la iniciativa sería enviada al Congreso de los Diputados, donde debería obtener el 'sí' de una mayoría de la Cámara baja. El siguiente y último paso sería recibir el visto bueno del Senado. En su paso por ambas Cámaras, las distintas formaciones políticas podrían introducir enmiendas y cambiar la redacción del texto.

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