Informe sobre la ley de memoria democrática

El CGPJ sostiene que la apología del franquismo entra dentro de la libertad de expresión

El pleno del Poder Judicial debatirá su informe sobre la ley la próxima semana tras cambiar de ponentes

La propuesta pone en duda la disolución de fundaciones solo por defender la dictadura de Franco

Tumba de Francisco Franco en el Valle de los Caídos

Tumba de Francisco Franco en el Valle de los Caídos / José Luis Roca

Ángeles Vázquez

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El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudiará la propuesta de informe sobre la ley de la memoria democrática de los vocales Roser Bach y Wenceslao Orea el próximo lunes, tras retrasarlo por la falta de acuerdo de los primeros designados. El dictamen cuestiona la intención del Gobierno de Pedro Sánchez de disolver la Fundación Francisco Franco por hacer apología del franquismo, ya que, sostiene que, "sin el requisito adicional del menosprecio o humillación a las víctimas", el mero hecho de defender la dictadura franquista "está amparado por la libertad de expresión".

La propuesta señala que el anteproyecto establece como nueva causa general de extinción del derecho constitucional de fundación que estas "no persigan fines de interés general o realicen actividades contrarias al mismo", lo que deja al aplicador de la norma (al protectorado, que es quien insta la disolución, y al juez, único que puede acordarla) un amplísimo margen de maniobra.

Una disposición incluye como causa especifica de extinción “la apología del franquismo o la incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo, por su condición de tales”. El informe advierte de que esa incitación al odio contra las víctimas se manifiesta con expresiones que el legislador puede limitar, pero la apología del franquismo por sí misma se enmarca en la libertad de expresión, que también protege las ideas contrarias a la propia Constitución. Lo mismo ocurre con manifestaciones en ese sentido.

Protección asimétrica

Los ponentes consideran que el anteproyecto respeta el marco constitucional al perseguir proteger el derecho a la dignidad y respeto de las víctimas frente a los mensajes que les menosprecien, humillen o desacrediten, pero advierten de que la redacción del precepto puede dar lugar a una protección "asimétrica" de la dignidad de víctimas de otros hechos, y se remiten a resoluciones como la del Parlamento Europeo que en 2019 pidió "una cultura común de memoria histórica que rechace los crímenes de los regímenes fascistas y estalinistas, y de otros regímenes totalitarios y autoritarios del pasado".

En cuanto al concepto de víctima de la guerra civil y la dictadura, la propuesta dice que "se mueve en un plano estrictamente administrativo de reconocimiento, protección y resarcimiento, ya que es doctrina jurisprudencial bien asentada que el derecho a conocer la verdad histórica no forma parte del proceso penal". De ahí que recomiende acudir a la jurisdicción voluntaria.

Y respecto al carácter radicalmente nulo de las condenas y sanciones impuestas durante la guerra civil y la dictadura, el informe se alinea con la interpretación que el Tribunal Supremo hizo con la Ley de Memoria Histórica de 2007 que las consideró inexistentes y sin efecto.