Una iniciativa inusual
Solo el 3,6% de los indultos de la última década tuvo en contra al tribunal y la Fiscalía
Todas las medidas de gracia concedidas el pasado año contaban al menos con el informe favorable de alguna de las dos instancias
El PP ha sido más proclive que el PSOE a aprobar estas iniciativas a pesar de la oposición de los magistrados y el ministerio público
Juan Ruiz Sierra
Periodista
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
El posible indulto a los líderes independentistas del referéndum del 1-O, que el Gobierno parece cada vez más decidido a conceder, según dan a entender las palabras de Pedro Sánchez y reconocen sin tapujos varios ministros, resulta absolutamente excepcional. Mientras la mayoría de las medidas de gracia de este tipo no tienen ningún impacto en los medios y pasan desapercibidas, esta lleva abriendo informativos y copando portadas desde antes incluso de que se dictara la sentencia condenatoria. Pero en el flanco puramente jurídico, tras el contundente informe desfavorable que el Tribunal Supremo ha emitido este miércoles, unido al de la Fiscalía de finales del año pasado, estos indultos también constituyen una rareza.
Las medidas de gracia que se aprueban a pesar de tener el rechazo de los magistrados y el ministerio público son muy inusuales. Según los cálculos de este diario, a partir de datos del Ministerio de Justicia, solo el 3,6% de los indultos concedidos durante los últimos 10 años contaban con los informes desfavorables de ambas instancias. La inmensa mayoría gozaban del visto bueno de las dos, o al menos de una.
En 2020, por ejemplo, se aprobaron 28 indultos y se denegaron 2.876. Entre los primeros, 15 tenían los dos informes favorables, 12 el visto bueno del tribunal sentenciador y 1 el de la Fiscalía. Ninguno contaba con el parecer contrario de los dos organismos. Este es el caso más claro, pero la tónica se había repetido durante los años anteriores. En 2019, el porcentaje de medidas de gracia concedidas con los dos informes desfavorables fue del 2%, igual que en 2018, cuando Sánchez alcanzó por vez primera la Presidencia del Gobierno. En 2017, del 5%. En 2016, del 7%.
A pesar de las contundentes críticas del PP a estos indultos, críticas que incluyen el hecho de que tanto el Supremo como la Fiscalía rechazan que esta medida pueda aplicarse a los dirigentes independentistas encarcelados, los conservadores han sido más proclives que los socialistas a conceder estas gracias con las dos instancias en contra. El año en el que más se dieron este tipo de indultos, al menos durante la última década, fue 2013, con la mayoría absoluta de Mariano Rajoy: un 8% de los totales.
Los márgenes de la ley
La excepcionalidad de este tipo de indultos, sin embargo, no implica que el Gobierno de turno cometa alguna irregularidad al aprobarlos. La norma que regula estas medidas, en vigor desde 1870, señala la obligatoriedad de que el tribunal sentenciador emita un informe previo, pero no dice que sea vinculante y el Ejecutivo deba acatar el sentir de los magistrados. Aun así, una sentencia del Supremo en 2013, que anuló la medida de gracia concedida por el Gobierno de Rajoy a un conductor kamikaze que mató a un joven, rebajó la discrecionalidad del Gobierno ante estas iniciativas, porque le obligó a justificar las razones de justicia, equidad y utilidad pública por las que se concedía siempre y cuando los dos informes sean contrarios.
Si uno de los dictámenes es favorable, se entiende que él mismo le aporta la suficiente justificación, pero siendo los dos desfavorables, no. El alto tribunal en esa sentencia estableció que no aportar ninguna razón para conmutar una pena por otra mucho más liviana deja un margen para la arbitrariedad del Ejecutivo que debe evitarse. En el caso del 'procés' el informe del Supremo es tan prolijo a la hora de argumentar la ausencia de razones que el Ejecutivo tendrá difícil su defensa ante un futuro recurso contra su concesión.
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