Los juicios del 'procés'

La Audiencia de Barcelona rechaza archivar la causa de las cargas del 1-O

El tribunal desestima la petición de la fiscalía, que argumentaba que la actuación de los agentes de la Policía Nacional fue proporcionada

Los magistrados consideran que sobreseimiento es "improcedente y anticipado", ya que las pruebas apunta a un relato fáctico punible

Carga policial en Barcelona el 1-O.

Carga policial en Barcelona el 1-O. / AF

J. G. Albalat

J. G. Albalat

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La Audiencia de Barcelona ha rechazado la petición de la fiscalía de archivar el grueso de las causas abiertas por las cargas de la Policía Nacional en el referéndum del 1-O al considerarlo "improcedente y anticipado", ya que las pruebas practicadas apuntan, "cuanto menos", a un "relato fáctico punible". En un auto, el tribunal de la Sección 10 ratifica de esta manera la decisión del Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona de seguir investigando a los policías nacionales por delitos de lesiones y contra la integridad moral.

La fiscalía requirió el archivo de 27 procesos judiciales abiertos por las cargas policiales en la capital catalana-en una investigación que ya suma a cerca de 40 agentes imputados-, a excepción de media docena de actuaciones "individualizadas" de agentes, la mayoría por delitos leves.

Sin embargo, la Audiencia considera que el sobreseimiento del proceso es "improcedente y anticipado (...) no sólo porque aún quedan pendientes diligencias que practicar, sino porque del resultado de las ya efectuadas, cuando menos, se desprende la posibilidad de efectuar un relato fáctico punible". Los magistrados subrayan que la acusación pública no ha justificado de forma individualizada los motivos por los que insta a que se archive conjunto del proceso a excepción de siete casos (cinco por delitos leves y dos por delitos graves o menos graves) sino que se ampara en la sentencia del 'procés' como si tuviese "efecto vinculante" en esta causa.

La fiscalía, incide la resolución "despliega un amplísimo argumentario que expone a lo largo de 67 folios" parafraseando la sentencia dictada por el Tribunal Supremo a la que "pretende atribuir un efecto vinculante sobre esta causa que en modo alguno puede desplegar, so pena de quebrantar los mas sólidos principios de nuestro derecho penal, cuyo aparente desconocimiento por el recurrente no deja de sorprendernos en gran manera", subraya el tribunal.

Al margen de la sentencia del 'procés'

La Audiencia confirma de esta forma el razonamiento del juez instructor, para quien la sentencia del Supremo contra los dirigentes independentistas "de ninguna manera puede vincular ni en cuanto a los hechos ni en cuanto a sus fundamentos de derecho lo que en esta causa pueda decidirse", dado que "enjuicia hechos en absoluto coincidentes" con los de la investigación de las cargas policiales. "Aun cuando pueda advertirse una conexión entre ellos, nada tiene que ver el enjuiciamientos sobre la convocatoria y celebración de un referéndum de autodeterminación con respecto a determinadas personas con la determinación de las causas que provocaron las lesiones sufridas por los múltiples ciudadanos que acudieron, en base a aquella convocatoria, a los respectivos colegios electorales donde tuvo lugar la intervención policial", sostiene el auto.

Con su razonamiento, la Audiencia apoya también que la actuación policial sea investigada "no tanto en cuanto a su legitimidad, como en cuanto a su ejecución dentro de los límites de proporcionalidad y necesidad que han de inspirar toda actuación policial en la que se materialice el uso de la fuerza". En su petición de archivo, la fiscalía sostuvo que la actuación de los agentes fue "proporcionada" y "legítima", derivada de una orden judicial que los Mossos d'Esquadra no cumplieron con eficacia, y ante la actitud de resistencia y hostilidad de "miles de ciudanos".