Misivas amenazantes
Correos pide la retirada del vigilante que no detectó las cartas con balas a Marlaska, Iglesias y Gámez
La compañía estatal abre expediente a la firma de seguridad subcontratada por incumplimiento de contrato
El Periódico
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Correos ha abierto expediente a INV Vigilancia, empresa de seguridad a la que tiene subcontratada el escaneo y calificación de la correspondencia, por no haber detectado las tres cartas de amenaza con munición de diferente calibre sin percutir dirigidas al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska; a la directora de la Guardia Civil, María Gámez; y al exvicepresidente del Gobierno y candidato a la presidencia de la Comunidad de Madrid por Unidas Podemos, Pablo Iglesias. También ha solicitado la "retirada inmediata" del servicio en la empresa pública del vigilante que no detectó los proyectiles.
En la carta enviada este sábado a la compañía de seguridad, se relata que los equipos de inspección de Correos han recuperado las imágenes grabadas en el centro de tratamiento automatizado de Vallecas (Madrid) y han comprobado que los tres sobres fueron inspeccionados en un escáner y matasellados el pasado día 19 "sin que el operador de servicio fuera capaz de detectarlos".
Esta circunstancia, apunta la empresa, constituye un "incumplimiento muy grave" del contrato entre las dos firmas, ya que este incluye en esa categoría "la no detección de un artefacto explosivo, o de un envío cuya circulación por el correo no esté permitida, y que cause daños o perjuicios al patrimonio, a la imagen o al buen nombre de Correos".
Por ello, la sociedad estatal ha informado a INV Vigilancia de que le ha abierto un expediente, ya que el contrato también indica que "la empresa adjudicataria debe velar por que el personal que participa en los servicios de inspección de la correspondencia cuenta con una adecuada capacitación en la utilización de los mismos, y que su actitud sea acorde al desarrollo de la actividad". Además, Correos le ha trasladado el "apercibimiento más severo" por su incumplimiento del contrato y "por el daño a la imagen, al prestigio y al buen nombre" de la empresa pública.
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