'Caso Pujol'
Archivada la causa contra el socio de Oleguer Pujol porque pudo ignorar el origen ilícito del dinero
El magistrado decreta el sobreseimiento de las actuaciones sobre Luis Iglesias a petición de la fiscalía Anticorrupción
Remite lo investigado por delito fiscal a Plaza de Castilla al dejar de ser competencia de la Audiencia Nacional

Oleguer Pujol, durante su declaración en el Parlament, el pasado marzo. / periodico


Ángeles Vázquez
Ángeles VázquezPeriodista
Periodista especializada en tribunales desde 1996. Primero en Europa Press, donde fui jefa de la sección de tribunales hasta que me incorporé a 'Público'. El cierre de su edición en papel me llevó a pasar al 'otro lado' e incorporarme a prensa del Ministerio de Justicia. Acabada esa etapa colaboré con el 'Ara' hasta que me incorporé a la redacción de 'El Mundo'. Llegué a 'El Periódico' en 2016 y desde entonces vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha archivado las actuaciones del 'caso Pujol' relativas al empresario Luis Iglesias, al entender que no hay indicios que demuestren que conocía el origen presuntamente ilícito de los fondos aportados en sus inversiones por quien era su socio, Oleguer Pujol, según el auto al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. No obstante, remite a los juzgados madrileños de Plaza de Castilla el delito fiscal que también se le imputaba para que el juez que ya tenía allí abiertas diligencias tome la decisión que proceda.
El magistrado hace suyo el informe en este sentido de la Fiscalía Anticorrupción, cuyo contenido dice "compartir" y declara que "efectivamente las evidencias afloradas respecto del Iglesias", en relación con la utilización de sociedades extranjeras para el cobro de las comisiones, " resultarían insuficientes para alcanzar la convicción de reproche penal del delito de blanqueo", ya que no existen "indicios claros e inequívocos de que conociera que el capital invertido por Oleguer Pujol procediera de una previa actividad delictiva".
A Plaza de Castilla
Además, explica que "para que el reproche lo fuera en la modalidad imprudente el delito estaría prescrito".El otro delito que se le imputaba, el fiscal dejaría de ser por sí mismo competencia de la Audiencia Nacional, por lo que acuerda remitir las actuaciones al Juzgado de Instrucción número 5 de Madrid (DP 3211/2016), que sería al que correspondería su instrucción y, si lo considera necesario, dictar el sobreseimiento de las actuaciones.
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