En la Audiencia Nacional

Los mossos que acompañaban a Puigdemont cuando su arresto serán juzgados a partir del 24 de mayo

El teniente fiscal de la Audiencia solicita tres años de cárcel y otros tantos de inhabilitación para cada agente acusado

La vista oral está previsto que prolongue en el Juzgado Central de lo Penal hasta el 27 de mayo

Carles Puigdemont

Carles Puigdemont / EUROPA PRESS

Ángeles Vázquez

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El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional será quien determine si los mossos D'Esquadra que acompañaban al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont en el momento su arresto en Alemania, el 25 de marzo de 2018, cometieron o no un delito de encubrimiento o no, durante el juicio que celebrará entre el 24 y el 27 de mayo. El teniente fiscal de la Audiencia, Miguel Ángel Carballo, pide tres años de cárcel y otros tantos de inhabilitación para cada uno de ellos.

Considera que Carlos de Pedro y Xavier Goicoechea, mossos d'Esquadra desde 2004 y 2007, respectivamente, cometieron un delito de encubrimiento porque ambos eran "conscientes" de que se había ordenado el arresto del 'expresident' para que respondiera por un delito de rebelión. En vez de detenerlo, según el ministerio público, "su intención" fue ayudarle "a regresar a Bélgica y evitar su identificación donde pudieran ejecutar la orden europea de detención" dictada por el juez Pablo Llarena, instructor de la causa del 'procés' que acabó con la condena de 12 líderes independentistas.

Ayudar a un huido

El fiscal explica que, como tenían días libres, los dos mossos fueron a la localidad belga de Waterloo, donde Puigdemont había fijado su residencia. Cuando Llarena dictó una nueva orden europea de detención contra él, "una persona no identificada" les pidió que fuesen a buscarlo a Estocolmo y lo trasladasen a Bruselas. 

El 'expresident' había ido a Helsinki a dar una conferencia y ese mismo día abandonó la ciudad. A su paso por Alemania fue arrestado y se procedió a la identificación de las personas que viajaban con él. La fiscalía no acusa al empresario Josep María Matamala ni al historiador Josep Lluís Alay, porque no eran funcionarios públicos en ejercicio.