Mensaje al Gobierno

El Consejo de Europa insta a acotar los delitos de enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona

Campo reivindica el proyecto de reforma penal para lograr el "equilibrio" entre la libertad de expresión y otros derechos

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, en una imagen de archivo

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, en una imagen de archivo / EP

El Periódico

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La comisaria de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Dunja Mijatovic, ha enviado una carta al ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, en la que celebra los planes del Gobierno para reformar los delitos relacionados con la libertad de expresión y le insta a acotar determinados tipos penales, como el enaltecimiento del terrorismo y las injurias a la Corona, para evitar un castigo "innecesario o desproporcionado".

Aunque no expresamente, Mijatovic ha aludido al caso del rapero Pablo Hasel al llamar la atención sobre el hecho de que "en los últimos años un creciente número de sentencias penales, incluidas de privación de libertad, han sido dictadas contra artistas por canciones controvertidas y otras 'performance', y contra activistas en redes sociales por declaraciones consideradas ofensivas, incluidas declaraciones concebidas como humor", en base a los delitos de enaltecimiento del terrorismo y de injurias a la Corona.

En la carta, fechada el 11 de marzo pero difundida este lunes, la comisaria ha trasladado a Campo su preocupación por ciertos artículos del Código Penal, aduciendo que "tienen un impacto negativo, incluso un efecto disuasorio, en el ejercicio de la libertad de expresión". "Por tanto, celebro las recientes informaciones que indican que su Gobierno pretende reformar algunos aspectos del Código Penal, en particular los delitos de enaltecimiento del terrorismo", ha declarado.

A su juicio, "el delito de enaltecimiento o justificación del terrorismo, tal y como está definido en el artículo 578 del Código Penal parece ser problemático desde el punto de vista de la certeza legal debido a su ambiguo e impreciso lenguaje", recalcando que esta "falta de claridad" ha generado interpretaciones divergentes y hasta contradictorias en los tribunales españoles, algunas en contra de los estándares internacionales.

Monarquía y religión

En segundo lugar, ha fijado su atención en los delitos de injurias a la Corona recogidos en los artículos 490 y 491 del Código Penal para apuntar que "una sentencia de pena de prisión por un delito cometido como parte del debate político debería ser compatible con la libertad de expresión solo en circunstancias excepcionales, cuando el discurso contiene llamamientos al uso de la violencia o constituye un discurso de odio".

Mijatovic ha esgrimido que "las posibilidades de imponer restricciones a la libertad de expresión en el contexto del debate político son muy limitadas y deben ser proporcionadas y necesarias en una sociedad democrática", subrayando que "los límites de la critica admisible a los políticos, los representantes de las autoridades y a otras figuras públicas son más amplios que los de la media de los ciudadanos" y, en consecuencia, deben tener un "mayor grado de tolerancia".

En concreto, se ha referido al caso de Jaume Roura Capellera y Enric Stern Taulats, condenados por quemar una foto de los Reyes tras una manifestación en Girona. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) corrigió este fallo al estimar que "la crítica a autoridades y personalidades públicas, por provocadora y radical que sea, no puede considerarse un discurso de odio ni incitación a la violencia". "Espero que la implementación de esta sentencia sea usada como base para alinear plenamente el Código Penal con la jurisprudenccia del Tribunal", ha apostillado la comisaria.

Mijatovic también ha expresado su preocupación por la interpretación "excesivamente amplia" que a veces dan los tribunales españoles a la noción del discurso de odio, recomendando restringirlo a los casos prohibidos por el Derecho Internacional, esto es "expresiones de odio basadas en la xenofobia, el antisemitismo y otras formas de odio basadas en la intolerancia que constituyen incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia".

La respuesta del Gobierno

Campo ha contestado, en otra carta del 18 de marzo, que la libertad de expresión "cuenta con pleno reconocimiento en el ordenamiento jurídico español", si bien ha enfatizado que tanto el TEDH como el Tribunal Constitucional han establecido que tiene límites y que el propio TC "ha llamado la atención sobre la necesidad de realizar una interpretación restrictiva de ciertos delitos para no poner en peligro la libertad de expresión".

El ministro ha reconocido que, a pesar de estos esfuerzos interpretativos, "la regulación de ciertos delitos relacionados con la libertad de expresión sigue planteando problemas, sobre todo por la imprecisión con que se define la conducta delictiva", explicando que por eso el Gobierno anunció una reforma de los delitos que "más claramente pueden entrar en conflicto con la libertad de expresión", y destacando la "sintonía" con el Consejo de Europa en ese sentido.