14-F o 30-M
¿Qué puede pasar con la fecha de las elecciones en Catalunya?
La suspensión del aplazamiento de los comicios deja varias consecuencias y algunos interrogantes
Júlia Regué
Responsable de la sección de Política.
Graduada en Periodismo y en Ciencias Políticas por la Universitat Pompeu Fabra (UPF), ha desarrollado su carrera profesional en la sección de Política, donde se incorporó en 2016. Ha seguido la actualidad política del Parlament de Catalunya y el día a día de varios partidos. También ha colaborado en programas de TV3, Catalunya Ràdio y RAC1.
Júlia Regué
La suspensión cautelar del aplazamiento del 14-F a cargo del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) conlleva la reactivación de los trámites electorales previstos en un plazo muy corto de tiempo. El calendario, que quedó paralizado, se retomó ya el martes con la decisión provisional de los magistrados y debe continuar hasta que el tribunal se pronuncie de forma definitiva antes del 8 de febrero. Estos son algunos de los flecos que la reactivación electoral ha obligado a poner en marcha de inmediato y algunas de las dudas pendientes de resolver.
La decisión final, en campaña electoral
Las elecciones en Catalunya se mantienen el 14 de febrero, por ahora. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha decidido mantener la medida cautelar de suspender el decreto de la Generalitat que aplazaba las elecciones al 30 de mayo hasta que resuelva las impugnaciones presentadas por un ciudadano particular y varias formaciones extraparlamentarias. La sentencia definitiva se dictará antes del 8 de febrero, según ha anunciado el alto tribunal catalán, por lo que los partidos ya estarán inmersos en la campaña electoral que comienza el 29 de enero. Dada la urgencia del asunto, los magistrados han acortado los plazos de tramitación del proceso judicial.
La resolución
La Sección Quinta de la Sala de los Contencioso-Administrativo ha deliberado en la mañana de este jueves respecto a las medidas cautelares solicitadas en los recursos de impugnación del decreto de la Generalitat. Tras ello, ha adelantado el fallo en el que los magistrados han acordado mantener la suspensión de la decisión del Ejecutivo catalán de aplazar hasta el 30 de mayo las elecciones a causa de la pandemia del covid-19. Los argumentos se conocerán este viernes. Los recursos contra esta resolución judicial no suspenden la decisión de los togados respecto al aval a las medidas cautelares solicitadas.
Los recursos
Los magistrados estimaron las medidas cautelarísimas solicitadas por un particular -el abogado y ex mosso d’esquadra Josep Asensio- y por el partido Izquierda En Positivo, por lo dejaron en suspenso el decreto de postergación. El TSJC ha resuelto primero este asunto, dejando en suspenso el decreto de aplazamiento, y después analizará el resto de impugnaciones, presentadas por Lliga Democràtica, Federalistas d'Esquerres e Impulso Ciudadano.
El voto por correo
Las solicitudes que se habían realizado para el voto por correo -unas 35.000 aproximadamente hasta el 12 de enero- se mantienen vigentes y la ciudadanía podrá seguir pidiendo el voto por correo hasta el 12 de febrero. En cambio, el plazo para el voto de los residentes en el exterior finalizó el martes. Como la publicación del decreto de aplazamiento, el 16 de enero, lo paralizó, el Ejecutivo ha solicitado a la JEC que se retome para recuperar estos tres días en los que el horizonte electoral se situó en el 30 de mayo.
Las mesas electorales
El sorteo de la mesas electorales debería haber empezado el 16 de enero pero el decreto de aplazamiento lo anuló. Como con la decisión del TSJC se vuelven a recuperar los plazos, el sorteo se llevó a cabo en apenas 48 horas, entre el martes y el miércoles. Una vez notificada la elección a los miembros de las mesas, se abrirá el plazo para presentar alegaciones.
La opinión de la Generalitat
La Generalitat mantiene que la situación epidemiológica impide garantizar la salud pública y que una baja participación puede poner en jaque la legitimidad de los comicios. En sus alegaciones ante el tribunal, insistieron con informes de Salut y de la Comissió Jurídica Assessora en que no es aconsejable votar en estas circunstancias y que el decreto que está suspendido tiene encaje legal.
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