PRONUNCIAMIENTO OFICIAL

El TSJC ratifica todas las restricciones acordadas por el Govern para frenar el coronavirus

El alto tribunal avala el veto a reuniones de más de seis personas, la suspensión de clases presenciales en la universidad y el aforo de los lugares de culto

zentauroepp55407630 clases presenciales ub201014101341

zentauroepp55407630 clases presenciales ub201014101341 / periodico

J. G. Albalat

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) se ha pronunciado este viernes sobre las nuevas restricciones acordadas por el Govern de la Generalitat para frenar la curva de contagios de coronavirus. El alto tribunal ha resuelto ratificar íntegramente las medidas previstas por el Govern para intentar contener la expansión del virus y que afectaban a los derecho fundamentales de los ciudadanos. 

En su auto, que ha tenido un voto particular,pero solo respecto a uno de los puntos debatidos, la sala avala todas las medidas que necesitaban su autorización por posible afectación a derechos fundamentales (reuniones de máximo 6 personas, suspensión de la actividad presencial en las universidades y reducción del aforo en actos religiosos y ceremonias civiles). Con la decisión del alto tribunal, estas medidas, que habían quedado en suspenso en la resolución del Govern publicada en el DOGC, podrán entrar en vigor de forma inmediata. Este paquete de restricciones, al entender de los magistrados, son proporcionadas y justificadas.

El TSJC, que recoge resoluciones del Tribunal Constitucional, sostiene que los derechos fundamentales "no tienen un contenido esencial absoluto e ilimitado y pueden ceder en ocasiones en su relación con otros derechos para cuya garantía puede ser necesrio restringirlos" y recuerda que "la pandemia internacional" que se padece ha obligado "a adoptar medidas preventivas" debido a su expansióm. "La sala no puede dejar de ser ajena a la enorme maginitud de los efectos que ha provocado dicha pandemia" y el "monumental golpe que el covid-19 ha asestado a la salud pública española, al margen de los efectos de todo tipp que se  derivan en el futuro".

El alto tribunal recoge los informes presentados por la Generalitat en la que destaca que los encuentros personales en toda Catalunya (ámbito familiar y de caracter social, externa a los grupos de convivencia) "están provocando brotes y favorece la transmisión de la enfermedad" que, sobre todo, afecta a las personas más jóvenes. La Administració recalca que los datos de asistencia sanitaria (ingresos hospitalario e UCI) son "alarmante", con una expectativa de comenzar a tener que reconducir la actividad para atender solo a pacientesn de covid. La recomendación es evitar los desplazamientos no esenciales

Pese a no tener el aval del TSJC, el Govern ha publicado esta madrugada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) la resolución por la cual entra en vigor este viernes y durante los próximos 15 días el cierre de bares y restaurantes,  la limitación del aforo del 30% en los comercios, la suspensión de ferias y congresos y la clausura de parques y jardines a las 20.00 horas. A ello se suman a la suspensión de las competiciones deportivas.

La resolución del Ejecutivo catalán ha incluido una disposición en la que se dejaba en suspenso, a la espera de lo que decidiera el alto tribunal, los tres aspectos que, a entender del Govern, afectan a los derechos fundamentales de los ciudadanos: la prohibición de reuniones de más de seis personas, la suspensión de la actividad presencial en las universidades y la limitación del aforo en las actividades de culto. Con el pronunciamiento este mediodía del TSJC, estas medidas también podrán aplicarse.

Errores de forma

El retraso en el pronunciamiento del TSJC se ha producido debido a los errores de forma en el escrito en el que la Generalitat solicitaba el aval del alto tribunal al paquete de restricciones. El jueves por la mañana, el TSJC requirió a la Generalitat que con "la máxima urgencia", de forma priotaria y antes de las 13.00 horas corrigiera esos defectos de forma en su petición y que determinara los puntos que afectan a los derechos fundamentales.

La sala de los contencioso-administativa instó al Ejecutivo catalán a que  incluyera una serie de datos que habían obviado en su escrito, como el número, la fecha y la firma del decreto sobre el nuevo paquete de restricciones. Los magistrados, además, instaron a especificar qué medidas necesitan autorización porque afectan a los derechos fundamentales, cuestión que no estaba detallada. Los jueces tenían serias dudas de que el cierre de bares y restaurante entraran dentro de este grupo. Al cabo de unas horas, la Generalitat volvió a presentar otro escrito, en el que ya precisaba algunos aspectos, pero no reparaban los defectos formales advertidos por los jueces.