EL CASO PALAU DE LA MÚSICA

Gemma Montull no ingresará en prisión por el 'caso Palau'

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dcaminal38910175 els acusats f lix millet jordi montull i gemma montull el 170616123512 / periodico

J. G. Albalat

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El tribunal de la Sección 10 de la Audiencia de Barcelona, que juzgó el 'caso Palau' y la financiación ilegal de CDC ha acordado por mayoría suspender la ejecución de la pena de cuatro años de prisión impuesta a la exdirectora financiera de la entidad, Gemma Montull. A cambio de perdonarle la condena, no deberá delinquir en ese plazo y tendrá que efectuar un pago mensual de 500 euros durante cinco años y trabajos en beneficio a la comunidad durante 365 días. A la hija del exnúmero dos de la institución cultural, Jordi Montull, se le impuso un total de cuatro años de cárcel por malversación de fondos, tráfico de influencias y blanqueo de capitales, pero ninguno de ellos superaba los dos años de condena.

Respecto a la responsabilidad civil, el tribunal sostiene que los bienes embargados ascienden a más de un millón de euros y que durante la instrucción del caso consignó más de 120.000 euros. Para cubrir la cantidad la totalidad de las indemnizaciones deberá abonar 500 euros cada mes. Gemma Montull fue condenada a desembolsar 1,5 millones de euros, pero de forma conjunta y solidaria con los otros imputados, el presidente de la entidad, Fèlix Millet, y su segudo, Jordi Montull. Estos dos últimos  Estos dos últimos deben abonar un total de 24,3 miillones de euros. 

Requisitos cumplidos

La suspensión del ingreso en prisión de Gemma Montull, que cuenta con un voto particular en contra, se basa en que las tres penas impuestas por separado no superan los dos años de prisión, que no es "reo habitual" y que es la primera vez que se le condena. A pesar de ello, el tribunal expone que los hechos por los que fue condenada son de "carácter grave" y los "bienes jurídicos quebrantados son importantes con una gran repercusión social e institucional, y con perjuicios económicos muy elevados para las entidades del Palau de la Música".

Los magistrados también valoran como atenuante la falta de antecedentes y la confesión del delito

Los magistrados sostienen para argumentar la suspensión de la ejecución de la pena el tiempo transcurrido desde la comisión del delito, que se remonta, en su caso, desde diciembre del 2003 hasta el 2009, razón por la cual en la sentencia está reconocida la atenuante de dilaciones indebidas por las demoras que se produjeron durante la instrucción del proceso. Además, Gemma Montull tiene reconocida la atenuante de confesión, al haber "colaborado con la acusación pública" en la "fijación de los hechos" que se declararon probados.

Voto particular en contra

Asimismo, argumentó la defensa de Montull que para reparar sus responsabilidades civiles en esta causa había consignado 128.951 euros en el juzgado, al que también puso a disposición todo su patrimonio inmobiliario, valorado en más de 1,1 millones de euros, que fue embargado. También se mostró dispuesta a realizar un ingreso mensual de 400 euros -la sala lo ha elevado a 500-, atendiendo a su actual salario de 1.187 euros, una vez deducidos los gastos de hipoteca y mantenimiento personal y de su hijo.

Por contra, la fiscalía y las demás acusaciones solicitaron que cumpla la condena en prisión porque los delitos por los que fue condenada fueron "muy graves" y su papel como directora financiera "fue clave" para se produjeran perjuicios "muy elevados" para el Palau de la Música. También lo ve así el magistrado del tribunal que ha emitido un voto particular en contra de la resolución de la Audiencia, que se puede recurrir.