SENTENCIA
El Supremo confirma la condena al PP por la 'Gürtel' aunque cuestiona las alusiones a su caja b
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
Ángeles Vázquez
El Tribunal Supremo ha ratificado en líneas generales las penas impuestas por la Audiencia Nacional a los 29 acusados por la primera época de la Gürtel' (1999-2005), incluido que el PP se benefició de los delitos cometidos por la trama corrupta, al igual que la exministra Ana Mato, aunque ambos los ignoraran. La única concesión al partido presidido por Pablo Casado es que la sentencia, que confirma el veredicto que provocó la caída del Gobierno de Mariano Rajoy en el 2018, cuestiona las menciones a su caja B , porque no se le juzgaba por ella y, por tanto, no se pudo defender.
Pero la estimación parcial del recurso del PP en ese punto no se traduce en consecuencia alguna y el Supremo declara entender que la Audiencia utilizara toda la prueba que afectaba al partido al ser el "nexo común que sirve de amalgama al conjunto de episodios" de corrupción declarados probados. Y eso incluye la caja B, recogida en la contabilidad manuscrita que llevaba su extesorero Luis Bárcenas, y que apareció una y otra vez en el juicio.
Toda la corrupción
La sentencia, de 1.843 folios, confirma la comisión de todos los delitos propios de la corrupción: cohecho (activo y pasivo), falsedad en documento mercantil, malversación de caudales públicos, prevaricación, asociación ilícita, fraude a la administración pública, blanqueo de capitales, delitos contra la hacienda pública, tráfico de influencias, apropiación indebida y exacciones ilegales.
Era "un eficaz sistema de corrupción, a través de la manipulación de la contratación pública"
El Supremo hace suyo el relato de la Audiencia y declara que se creó "un auténtico y eficaz sistema de corrupción a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública, autonómica y local, a través de su estrecha y continua relación con influyentes militantes de dicho partido, que tenían posibilidades de influir en los procedimientos de toma de decisión en la contratación pública de determinados entes y organismos públicos que dirigían o controlaban directamente o a través de terceras personas" (en comunidades y municipios gobernados por el PP).
Ello permitió que, "bien las empresas de Correa u otras elegidas por él, con el acuerdo y colaboración de aquellos cargos públicos, gozaran de un arbitrario trato de favor y tuvieran un dominio de hecho sobre la contratación pública llevada a cabo por las entidades públicas parasitadas".
Para ello sobornaron a funcionarios y autoridades, emitieron facturas falsas y montaron un entramado entre diferentes sociedades para acceder a la contratación pública u ocultar la procedencia ilícita de los fondos y su ulterior destino, hasta hacerlos aflorar al circuito legal, sin declararlos a Hacienda, afirma el alto tribunal.
Las empresas elegidas por Correa, "gozaban de un arbitrario trato de favor en la contratación pública"
El PP fue partícipe a título lucrativo de ello por los actos electorales que sufragó el grupo de Correa en las localidades madrileñas de Majadahonda y Pozuelo de Alarcón con Guillermo Ortega y Jesús Sepúlveda de candidatos, y deberá abonar 133.628 euros por los actos de Majadahonda y 111.864 euros por los de Pozuelo. Ana Mato, entonces esposa de Sespúlveda, lo es por los 27.857 euros que costaron los viajes y regalos que recibió su familia y Gema Matamoros (esposa de Ortega), por 45.066 euros.
Ahorrarse el juicio
Lo más controvertida de la sentencia de la Audiencia Nacional siempre fueron sus referencias a la caja B del PP. El ponente de la sentencia, Ángel Hurtado, cedió el testigo a José Ricardo de Prada para redactar esta parte, que él no compartía. Ahora el Supremo le da la razón, pero de forma simbólica. El alto tribunal ve contradictorio que se juzgara al partido como responsable a título lucrativo, o lo que es lo mismo, como beneficiado que ignoraba el delito, y al mismo tiempo se declarara que "era conocedor y responsable penal, aunque sea a efectos teóricos", porque tenía una caja B. Ocurre eso, porque cuando actuó la Gürtel, aún no existía la responsabilidad penal de los partidos políticos y la acusación contra el PP no pudo ser mayor.
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