'CASO VILLAREJO'

El juez pide al Supremo que investigue a Iglesias por el 'caso Dina'

El juez pide al Supremo que investigue a Iglesias por el 'caso Dina'

Pablo Iglesias, en el Congreso. / periodico

Ángeles Vázquez

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El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha elevado una exposición razonada al Tribunal Supremo para que investigue al vicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias por los delitos de descubrimiento y revelación de secretos con la agravante de género, daños informáticos y acusación o denuncia falsa y/o simulación de delito, en relación con el robo del móvil de su exasesora Dina Bousselham. El magistrado considera que el líder de Podemos usó de forma fraudulenta el procedimiento abierto en relación con el excomisario José Manuel Villarejo para intentar aprovecharse electoralmente.

La exposición razonada remitida por el juez, dada la condición de aforado de Iglesias, incluye también a la vicepresidenta tercera del Congreso, Gloria Elizo, entonces directora de los servicios jurídicos de Podemos, y a los letrados de la formación Marta Flor y Raúl Carballedo, así como a la propia Bouselham y su marido, Ricardo Dasaferreira, estos dos últimos por falso testimonio por su declaración de marzo.

El magistrado, que da plena credibilidad al testimonio del exabogado de Podemos José Manuel Calvente, considera "consciente y planificada la actuación falsaria desplegada por Iglesias con su personación" en el procedimiento, "fingiendo ante la opinión pública y ante su electorado, haber sido víctima de un hecho que sabía inexistente, pocas semanas antes de unas elecciones generales". En su opinión, todos presentaron el robo del móvil "como un encargo realizado por el Gobierno del PP a Villarejo, para publicar en 'OK Diario', en el contexto de una campaña para perjudicar a Iglesias, y por ende a Podemos".

Del robo a Villarejo

El juez sitúa el origen del caso en noviembre del 2017, cuando en los registros realizados en la vivienda de Villarejo se encontraron un disco duro y un 'pendrive' con dos carpetas llamadas "Dina" y se vincularon con el robo del móvil sufrido dos años antes por Dina Bousselham. Tras practicar las pruebas que ha entendido pertinentes, el magistrado considera acreditado que el contenido de la tarjeta llegó a Villarejo a través de los responsables de la revista Interviú, que también entregaron una copia al que era presidente del Grupo Zeta, Antonio Asensio, que se la dio a Iglesias el 20 de enero del 2016. 

Según García-Castellón, Iglesias comprobó que la tarjeta almacenaba archivos personales y de carácter muy íntimo. "Pese a ello, se guardó la tarjeta en su poder, sin decírselo a su propietaria aun cuando ambos eran personas cercanas" y sabía del robo. El juez cree que ello puede deberse a que Iglesias sabía que incluía conversaciones de grupos de mensajería en los que él aparecía. Cuando se la devolvió a Dina, antes del 23 de agosto del 2017, "estaba inservible para su funcionamiento", y entiende eso solo pudo ocurrir mientras estaba en su poder.

Un año antes, en julio del 2016, se publicaron en 'OK Diario' varias noticias con imágenes procedentes del móvil que Bousselham había enviado a terceros. Según el juez, Iglesias sabía su origen, pero para desprestigiar a ese medio, puesto de común acuerdo con Elizo y los letrados de Podemos, "insta a los servicios jurídicos del partido a ampliar la denuncia inicial formulada por Bousselham, tratando de disimular falsariamente" que fueron "el resultado de un encargo realizado a Villarejo para perjudicar a Iglesias".

El juez se basa en el auto de la Sala de lo Penal que devolvió la condición de perjudicado a Iglesias para remitir las actuaciones relativas a Iglesias al Supremo y para dar por concluida la instrucción por un delito de revelación de secretos contra los exrresponsables de Interviú Alberto Pozas y Luis Rendueles, así como el propio Villarejo.

No seguir investigando

Esa resolución señalaba que si los hechos no estaban relacionados con la organización criminal presuntamente capitaneada por Villarejo no eran competencia de la Audiencia Nacional, lo que determinaba que Iglesias fuera perjudicado, porque no podía estar en otra condición. El magistrado recoge el guante de la Sala de lo Penal, pero en vez de dejarle fuera del procedimiento opta por iniciar la vía para que pueda ser investigado en el Supremo. En cuanto a los periodistas imputados y el excomisario, da 10 días a fiscalía y acusaciones para instar la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de las actuaciones.

Como Iglesias es aforado, García-Castellón no puede ahondar en la investigación de los hechos que atribuye a Iglesias, constitutivos, entre otros, de un delito de descubrimiento y revelación de secretos con la agravante de que se "habría cometido por razones de género". Así justifica que no haya preguntado a Bousselham si exculpa o no a Iglesias, pese a ser un requisito imprescindible para investigar este delito, o haber profundizado en el de daños informáticos.

En manos de la Sala de Admisión

Que un juez remita una exposición razonada al Supremo está lejos de ser sinónimo de que el alto tribunal vaya a seguir su criterio y a abrir una investigación. El ejemplo más claro es el del presidente del PP, Pablo Casado, que una jueza madrileña pidió que fuera investigado por el 'caso Máster'. La Fiscalía del alto tribunal informó en contra, al no apreciar delito en los hechos que se le atribuían, y la Sala Segunda compartió ese criterio.