INVESTIGAR AL REY EMÉRITO
La documentación suiza abre "un abanico de posibilidades" sobre Juan Carlos I, anuncia el fiscal
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
Ángeles Vázquez
El fiscal de Sala del Tribunal Supremo Juan Ignacio Campo, al frente de las diligencias abiertas en torno al rey Juan Carlos para determinar si debe abrirse una investigación contra él por delito fiscal o de blanqueo de capitales, se ha mostrado positivo respecto al futuro de las pesquisas. En el escrito en el que pide el rechazo de las querellas presentadas por Òmnium Cultural y la asociación Atenes de Juristes pels Drets Civils sostiene que sus diligencias "han avanzado desde su iniciación cualitativa y cuantitativamente".
"La comisión rogatoria solicitada a la Fiscalía de la República y Cantón de Ginebra –pese a que, a día de hoy, no ha sido cumplimentada en su totalidad-, abre nuevas perspectivas, y la necesidad de ser complementada con la práctica de otras diligencias, que sin duda abrirán un abanico de posibilidades imposibles de valorar en este momento", añade.
La salvedad que hace el fiscal de Sala delegado en materia económica sobre que no cuenta con la información suiza al completo es crucial, porque solo cuando eso se produzca decidirá si interpone una querella para instar la apertura de una causa judicial en la que el emérito ya sea formalmente imputado. La otra opción es que archive sus actuaciones por entender, por ejemplo, que los hechos o no son constitutivos de delito, o que si lo son, se cometieron mientras era jefe del Estado y, por tanto, inviolable.
Sin causa abierta
El fiscal recuerda que "no puede afirmarse que exista un procedimiento judicial abierto" contra el emérito todavía. Señala que la presentación de una querella "no supone la iniciación de un proceso, sino que constituye un acto procesal mediante el cual se solicita al órgano jurisdiccional la iniciación del procedimiento y la adquisición por el querellante de la cualidad de parte acusadora".
Ese procedimiento solo se abre cuando se produce la admisión a trámite de la querella. Y el ministerio público cree que aún no es el momento para ello, sobre todo, porque los hechos referidos en las presentadas hasta ahora son anteriores al 2014, por lo que estarían afectados por la inviolabilidad del monarca emérito. Menciona que entre los delitos que incluyen no aparece el de blanqueo de capitales, que sería uno de los dos que podrían terminar imputándosele.
De ahí que pida a la Sala Segunda del alto tribunal, a la que le corresponde investigarle a partir de su abdicación -porque perdió la inviolabilidad, pero mantuvo el fuero- que rechace la de las dos entidades catalanas, con lo que se evitará el cierre de sus diligencias prematuramente.
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