EL LABERINTO CATALÁN
Inhabilitación de Quim Torra: qué podrá y qué no podrá hacer el Govern
La ley de la Presidencia de la Generalitat y del Govern estipula que un 'president' cesa de su cargo si hay "condena penal firme que conlleve la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos", lo que comporta, a su vez, que el resto de miembros de su Ejecutivo quedan desde ese momento en funciones. De acuerdo con ello, le corresponde al vicepresidente del Govern, <strong>Pere Aragonès</strong>, asumir el mando del Gabinete de forma interina mientras el Parlament no invista un nuevo 'president'. Sin embargo, los miembros del Consell Executiu verán muy limitadas sus funciones a partir de ahora.
"'PRESIDENT' EN SUSTITUCIÓN"
Según la citada norma, el vicepresidente del Govern asume "en sustitución" todas las funciones que deja vacantes el 'president' cesado, salvo tres prerrogativas presidenciales que se consideran indelegables: plantear una cuestión de confianza, designar o destituir 'consellers' y convocar elecciones. Es decir, Aragonès no podrá decidir el calendario electoral, que depende del Parlament, ni hacer cambios en un Ejecutivo que <strong>Quim Torra</strong> remodeló hace pocas semanas para incorporar a varias figuras de confianza de JxCat.
GOVERN EN FUNCIONES
En cuanto al Govern, el artículo 27 de la ley de la presidencia, las competencias del Gabinete tendrán las mismas limitaciones que durante el periodo que discurre entre el día de las elecciones y la investidura del nuevo presidente de la Generalitat. La principal afectación es que el Ejecutivo catalán no podrá aprobar los presupuestos del 2021, puesto que pierde las atribuciones para impulsar nuevos proyectos de ley.
El Consell Executiu en funciones tampoco puede recurrir al mecanismo de los decretos legislativos, es decir, la posibilidad de dictar normas con rango de ley por delegación del Parlament. En cambio, de acuerdo con el Estatut, sí podrá dictar decretos ley en casos de necesidad "extraordinaria y urgente", la fórmula habitual que usan los gobiernos para legislar por la vía exprés, pero que requiere la convalidación del Parlament.
En definitiva, mientras esté en funciones y no se invista a un nuevo 'president', el Govern debe limitarse al despacho ordinario de los asuntos, salvo cuestiones debidamente justificadas.
SESIONES DE CONTROL
Cuando un Govern está en funciones tras unas elecciones, el Parlament está disuelto hasta su constitución y no hay sesiones de control ni actividad legislativa. Con la inhabilitación de Torra, el panorama es distinto, pues la Cámara catalana sigue activa al menos hasta la convocatoria electoral. Por lo pronto, se pueden seguir tramitando las iniciativas legislativas que hay en marcha y se deberían convalidar los decretos ley que apruebe el Govern.
La incógnita reside en las sesiones de control al Ejecutivo en funciones. En el 2018, a raíz del bloqueo político que obligó a repetir las elecciones generales, el <strong>Tribunal Constitucional</strong> dictaminó que un gobierno en funciones también podía ser controlado por su correspondiente cámara legislativa. No obstante, esta situación nunca se ha dado en el Parlament. Sobre lo que no hay jurisprudencia es en si, en caso de que haya sesiones de control, Aragonès debería contestar a las preguntas dirigidas al 'president'.
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