NUEVO PASO DEL FISCAL

La fiscalía pide al Supremo que suspenda los permisos del 100.2 de los presos del 'procés'

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Ángeles Vázquez

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Dos de los fiscales del Tribunal Supremo que ejercieron la acusación en el juicio a los líderes del 'procés', Javier Zaragoza y Jaime Moreno, han presentado este miércoles un escrito ante la Sala Segunda del alto tribunal para instar la suspensión de los permisos que disfrutaban los condenados por el 1-O

La medida, cuya solicitud se basa en el auto del propio alto tribunal del pasado 22 de julio que revocó el 100.2 concedido a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, es complementaria de la suspensión cautelar del tercer grado acordada este martes para Oriol Junqueras, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Cuixart y Jordi Sànchez por una jueza de Vigilancia Penitenciaria en virtud del recurso presentado por el ministerio público. El expresidente de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) ya la ha recurrido, al entender que la magistrada debe decidir el fondo del asunto y no acordar la suspensión cautelar sin argumentarla jurídicamente.

El escrito fiscal de apenas dos páginas, al que tuvo acceso este diario, no comparte el criterio de Sànchez. En él se informa a la Sala Segunda del Supremo de que el ministerio público ha impugnado ante los juzgados de Vigilancia la concesión de los permisos que por aplicación del artículo 100.2 disfrutaban todos los condenados por el 1-O.

Conforme al criterio establecido por el propio Supremo en relación con Forcadell, las impugnaciones contra los permisos previstos en ese artículo tienen que tener efecto suspensivo, como ya ocurría con las interpuestas contra el tercer grado. Por eso, pide al alto tribunal que según vaya recibiendo la notificación de los recursos fiscales desde las Audiencias Provinciales, que hasta esa resolución se ocupaban de resolverlos, proceda a dejar en suspenso la medida que hace más flexible el cumplimiento de la pena.

Informar a la prisión

Si había alguna duda sobre el efecto que con su informe pretende el fiscal, este precisa que una vez dictada la suspensión debe comunicarse al centro penitenciario respecto de Oriol Junqueras, Joaquim Forn, Jordi Turull, Raül Romeva, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Los seis vieron este martes suspendido el tercer grado concedido y volvieron al segundo. Si la Junta de Tratamiento de la prisión tenía en mente volver a aplicarles los permisos de los que disfrutaban con el 100.2, ya sabe la suerte que correrán. 

En su auto del pasado día 22, el Supremo estableció un cambio de criterio en la aplicación del derecho penitenciario no solo para los presos del 'procés', sino para todos los reclusos. Consiste en hacer equivalentes los recursos del 100.2 y los de progresión de grado. Hasta ese auto los primeros los resolvía en apelación la Audiencia del lugar donde se erigiera la prisión, mientras que a partir de ahora lo hará el tribunal sentenciador, como ya hacía con los relativos a grado.

De esa equivalencia surge la segunda: los recursos contra el 100.2 y el tercer grado tendrán "efecto suspensivo". Hasta la nueva doctrina del Supremo solo lo tenían los que afectaban a la progresión de grado, mientras que ahora también lo tienen los "casos en que la resolución objeto del recurso de apelación se refiera a materia de clasificación de penados o concesión de la libertad condicional y pueda dar lugar a la excarcelación del interno".

La petición del fiscal respecto a los permisos que disfrutaban los líderes indepentistas antes de que se les concediera el tercer grado se basa en el nuevo criterio del alto tibunal que se ha hecho extensible a todos los presos.