SENTENCIA FIRME

La Audiencia de Madrid confirma la absolución del PP por los ordenadores de Bárcenas

La Audiencia confirma la absolución del PP de la destrucción de los ordenadores de Bárcenas

La Audiencia confirma la absolución del PP de la destrucción de los ordenadores de Bárcenas. / periodico

Ángeles Vázquez

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El primer partido en sentarse en el banquillo de los acusados como persona jurídica ha salido bien parado. La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado en todos sus extremos la sentencia del Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid que absolvió al PP del delito de daños informáticos por el que se enfrentaba a una multa de hasta 10,8 millones de euros por destruir los discos duros de los ordenadores que su extesorero Luis Bárcenas guardaba en la sede central del partido, en la madrileña calle de Génova.

La sentencia, que ya es firme, era la esperada por las dificultades que plantea la revocación de una absolución basada en cómo valoró la prueba el juez que la dictó. Pese a ello, el  PP, a través de su responsable de Justicia, Enrique López, la esgrimió para pedir al PSOE y a Podemos que, "como mínimo, reconozcan el error en las injurias y calumnias que han vertido" contra el Partido Popular y sus responsables por estos hechos. A continuación aprovechó para recordar que el Gobierno había nombrado como fiscala general del Estado a Dolores Delgado, nada más dejar de ser ministra, y el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, "cesó a un alto cargo de la Guardia Civil por un informe" judicial.

En su resolución la Audiencia rechaza los recursos de las acusaciones Asociación Observatori de Drets Humans (DESC), Izquierda Unida, Asociación Justicia y Sociedad y Federación Los verdes, Els Verds, Berdeal, Os Verdes, porque considera que "pretenden sustituir la conclusión a la que llega el juzgador tras la valoración de la prueba practicada" por la que ellos realizan, "siendo al juez a quo al que corresponde el enjuiciamiento de los hechos y, por lo tanto, efectuar tal valoración".

No irracional valoración de las pruebas

El tribunal añade que "no cabe apreciar ni irracionalidad ni arbitrariedad en la valoración de las pruebas realizadas por el juzgador" para proceder a la absolución del PP, así como de la gerente del partido, Carmen Navarro, de su responsable jurídico, Alberto Durán, y del informático, José Manuel Moreno, a los que también se acusaba de encubrimiento. El juez les aplicó el principio "in dubio pro reo" (en caso de duda a favor de reo), al entender que durante la vista oral no se había acreditado que en el momento del borrado y destrucción de los discos duros supieran lo que contenían y que la Audiencia Nacional estaba investigando la presunta financiación ilegal del PP de la que dejó constancia Bárcenas en la contabilidad paralela que llevó durante años.

La Audiencia de Madrid explica que "no se pueden aplicar en sentencias absolutorias los mismos parámetros que en las condenatorias, porque eso significaría vulnerar el principio básico de nuestro ordenamiento penal conforme al cual toda persona acusada es, por principio, inocente, jugando en favor de esa inocencia tanto la insuficiencia probatoria, en sentido objetivo, como la insuficiente fuerza de convicción para el tribunal de la prueba practicada, siempre que la duda sea mínimamente razonable".

Doctrina Botín

Además, añade que "podrían desestimarse las alegaciones (de las acusaciones) sin más, dado que no existe acusación legitimada para perseguir el delito de daños informáticos" por la doctrina Botín, al no hacerlo ni la fiscalía ni el afectado, aunque lo termina analizando por ser "el mecanismo" necesario "para cometer el encubrimiento" que acaba descartando. 

"Ninguna objeción puede plantearse a la decisión del juez, que se estima correcta y ajustada a derecho" de celebrar el juicio, "sin que pueda compartirse el rebuscado planteamiento y del que no existe prueba alguna, de que sabía que iba a absolver y en consecuencia pretendía, además de estimar la alegación de falta de legitimación de la acusación popular, dejar expuesta su valoración de la prueba para que, en el caso que este tribunal (...) se viera vinculado" por ella.