DECISIÓN PENITENCIARIA

La Generalitat concede el tercer grado a los presos independentistas

Los líderes independentistas acusados por el 'procés', en la sala del juicio del Supremo.

Los líderes independentistas acusados por el 'procés', en la sala del juicio del Supremo.

J. G. Albalat

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La Generalitat ha concedido el tercer grado o de semilibertad a los nueve presos del 'procés', al aceptar la propuesta de las juntas de tratamiento de las cárceles catalanas en las que cumplen condena.  Los políticos encarcelados acudiran a partir de ahora de lunes a viernes solo a dormir a un centro penitenciario y los fines de semana los pasaran en su casa. La fiscalía anunció que recurriría esta decisión si se adoptaba, cosa que así ha ocurrido, y que solicitará que se suspendan esta medida y que los internos vuelvan a su situación anterior. Será el juez de vigilancia penitenciaria primero el que resolverá. Y el Tribunal Supremo, como órgano sentenciador, como última instancia. En este último caso, al tratarse de un delito que puede considerarse grave, la mera presentación del recurso es suspensivo durante la tramitación y los presos volverían a la situación anterior.

El equipo del Servicio de Clasificación de la Secretaría de Medidas Penales ha avalado la propuesta del pasado 2 de julio de las juntas de tratamiento de las cárceles de mujeres de Barcelona en relación a Carme Forcadell; Puig de les Basses (Figueres), Dolors Bassa, y Lledoners (Sant Joan de Vilatorrada), Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull, Joaquim Forn, Jordi Cuixart i Jordi Sànchez. Los equipos de estas prisiones han notificado este mismo martes la resolución a los dirigentes independentistas.

Todas las resoluciones, según precisó la administración penitenciaria catalan, son el resultado de un análisis individualizado de cada uno de los internos. No obstante, en el conjunto de los casos, el servicio de clasificación concide en subrayar la participación en actividades de razonamiento, juicio crítico y resolución de conflictos, así como la "máxima colaboración" con el resto de presos y con los profesionales de las prisión. Apuntan además la ausencia de incumplimientos judiciales y expedientes disciplinarios.

Favorecer la reinserción

El servicio de clasificación también ha tenido en cuenta, agregan las mismas fuentes, que los dirigentes independentistas presos disponen de "una red social y familiar favorable" para la rehabilitación, junto con un pronóstico de bajo riesgo de reincidencia. Es por todo ello que, "con el objetivo de favorecer y consolidar el intinerario de reinserción sociolaboral en el ámbito privado", las autoridades penitenciarias ha resuelto condecerles el tercer grado.

Desde que las juntas de treatamiento de las prisiones formularon sus propuestas, el equipo del servicio de clasificación disponía de un máximo de dos meses para estudiarlas, con el propósito de "garantizar la coherencia de los criterios del conjunto de centros penitenciarios". Los técnicos no han agotado ese plazo.

Serán las juntas de tratamientos de cada una de las cárceles donde están ingresados los líderes soberanistas las que establecerán las fechas a partir de las que se aplicará el tercer grado, los horarios concretos y si, es necesario, los cambios de actividad que desarrollarán fuera de las prisión. En la actualidad, todos ellos podían abandonar la cárcel para trabajar o hacer voluntariado en aplicación del aartículo 100.2 del reglamento penitenciario, que permite una mayor flexibilización del cumplimiento de la pena impuesta. La progresión de grado es ejecutiva, por lo que una vez acordada por la Generalitat, los líderes del 'procés' pasarán a disfrutarlo automáticamente.

Recurso al Supremo

La ley establece que el servicio de clasificación, compuesto por cinco juristas y cinco psicólogos, ha de trasladar sus resoluciones de tercer grado a la fiscalía, que las puede recurrir primero ante el juez de vigilancia penitenciaria correspondiente y en última instancia ante el tribunal sentenciador, en este caso el Tribunal Supremo. Habitualmente, las autoriedades penitenciarias avalan en el 95% de los asuntos las decisiones de las juntas de tratamiento. Además de la condena, las juntas de tratamiento tienen en cuenta otros factores, como la conducta, el nivel de adaptación de los reclusos, la capacidad de reinserció, el riesgo de reincidencia y el tiempo que han permanecido en la prisión.

La fiscalía se ha ido oponiendo sistemáticamente a las decisiones tomadas por la Generalitat respecto a los dirigentes independentistas encarcelados. Sus recursos han llegado a la Audiencia de Barcelona, pero la fiscalía del Tribunal Supremo que es este órgano judicial el competente para resolverlos los recursos contra, por ejemplo, la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario. A los fiscales del alto tribuna se les acumula el trabajo, ya que ahora deberán estudiar en profundidad el tercer grado acordado por la Administración catalana.