La Fiscalía recurre la salida de la prisión de Forcadell
El auto recuerda que la aplicación del 100.2 es "excepcional" y considera que este permiso para retomar el voluntariado y cuidar a su madre no le enseñará a "respetar la ley"
La Fiscalía de Lleida ha presentado este viernes un recurso al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria contra la interlocutoria de este mismo juzgado que avala aplicar a la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, el 100.2 para salir de la prisión a hacer voluntariado y cuidar a su madre. La Audiencia de Tarragona es el órgano que debe decidir sobre este recurso, en el que el ministerio público alega que la aplicación de este artículo es "excepcional" y que "se tiene que fundamentar en un programa específico de tratamiento. En este sentido, considera que, al haber sido condenada por sedición a once años y medio de prisión, "el programa tendría que tener como finalidad enseñar al penado a respetar la ley" y que no es así.
El juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Lleida ha avalado este martes que Carme Forcadell pudiera salir de la prisión para hacer tareas de voluntariado y cuidar a su madre gracias a la aplicación del artículo 100.2. Argumentaba que la expresidenta del Parlamento de Catalunya ha aceptado "no solo los hechos, sino el error y la equivocación en la vía, medios y forma utilizados para lograr el objetivo de la independencia del Estado de forma unilateral".
Pero la fiscalía considera que Forcadell no ha cumplido ni una cuarta parte de la pena, que se lograría el 2 de febrero del 2021, y que "no existe ninguna relación entre el delito cometido y la realización de la actividad socio-familiar". Dice que este régimen se da para hacer posible la reeducación y la reinserción social y que Forcadell ya está "totalmente insertada en la sociedad". Además considera que el programa tendría que tener como finalidad enseñar al penado a "respetar la ley" y Forcadell ha sido condenada por sedición.
En cuanto al cuidado de su madre, la fiscalía no entiende tampoco ninguna relación con el delito ni qué efecto puede tener en el tratamiento de Forcadell. Considera, además, que esta decisión supone una rotura del principio de igualdad con otras internas, y que además no justifica que no hay otros familiares que puedan hacer este acompañamiento.
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