RESOLUCIÓN JUDICIAL

El juez exculpa de cohecho al Síndic de Greuges

El Síndic de Greuges, Rafael Ribó, en la rueda de prensa sobre los lazos amarillos.

El Síndic de Greuges, Rafael Ribó, en la rueda de prensa sobre los lazos amarillos. / periodico

J. G. Albalat / Vanesa Lozano

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El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha archivado la investigación abierta por presunto cohecho impropio contra el Síndic de Greuges Rafael Ribó por el viaje que realizó en el 2015 para asistir a la final de la Liga de Campeones en Berlín en la que jugaba el Barça y la Juventus, cuyo vuelo fue costeado por Jordi Soler Paredes, uno de los empresarios investigados en la trama del 3%, según el auto al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.

El magistrado argumenta que "no existen indicios fundados y serios que permitan afirmar sólidamente" que el "regalo" del empresario al sindic "se produjera en consideración de su función, por lo que ha de concluirse que esta conducta queda extramuros del derecho penal, sin que otras valoraciones desde otras aproximaciones (políticas, éticas o morales) resulten relevantes" en este proceso penal. Ribó logró plazas en el avión de Soler para él, su esposa y su hija gracias a la gestión de una tercera persona. Y agrega que se "han facilitado explicaciones razonables que constextualizan el desplazamiento a meras relaciones amicales y lo alejan de la consideración a su cargo".

Las personas que participaron en ese viaje se integraban en dos grupos de distinta procedencia: de un lado, el propio Soler Paredes y sus familiares y compromisos comercialesjuezen otro Rafael Camp y su esposa, así com gente cercana a ellos, entre ellos Rafael Ribó, su esposa y su hija Alba. El síndic y sus dos familiares se acoplaron al traslado gracias a la gestión de Camp, según detalla el auto del juez. En el viaje se incluía no solo el alquiler del avión, sino tambien una furgoneta para los desplazamientos. Todo ello fue costeado por Soler Paredes y el coste ascendió a 39.900 euros, que fueron facturados a tres empresas del Grupo Soler.

Principios de prueba

El magistrado expone en su escrito que se debe no solo individualizar la conducta respecto a Ribó, que es aforado y debería ser investigado por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (no se acepta el traslado), sino también "precisar los indicios o principios de prueba que pudiera servir de apoyo a tal impuación. Y reitera que "no bastan sospechas o conjeturas, sino indicios fundados y serios que permitan establecer una imputación cuya probabilidad sea más exigente".

El juez detalla que para que se produzca el delito de cohecho debe existir una "conexión causal entre la entrega de la dádiva i regalo y el oficio público de la autoridad o funcionario", cuestión que en el caso de Ribó no existe. Además, recuerda que se produjo una situación similar años atrás, pero que entonces se trataba de un viaje a Roma. Ribó y su hija volaron de la capital italania a Roma  "por pura casualidad" en el avión contratado por Soler Paredes. Este hecho, según el auto, "bien pudo justificar" que Camp planteara al empresario la posibilidad de que el síndic se uniera nuevamente al viaje con destino a Berlín.