crisis sanitaria

El TSJC urge al Govern a dotar a los Mossos de mascarillas y tests del coronavirus

Coronavirus Mossos d'Esquadra hacen controles de coches en el centro de Barcelona para velar por el cumplimiento del confinamiento

Coronavirus Mossos d'Esquadra hacen controles de coches en el centro de Barcelona para velar por el cumplimiento del confinamiento / periodico

Ángeles Vázquez

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Ya lo había dicho para los sanitarios y ahora lo hace para los Mossos d'Esquadra. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) urge al Departament d'Interior a distribuir "con carácter urgente e inmediato" en todos los centros de trabajo y allí donde desarrollen su actividad, como cárceles y juzgados, material de protección frente al coronavirus y tests para detectar contagios entre los mossos que han estado en contacto con casos positivos.

En un auto, el tribunal ha admitido las medidas cautelarísimas solicitadas por el sindicato de mossos USPAC y, sin pedir alegaciones a Interior, le requiere para que suministre equipos de protección individual al cuerpo, consistentes en mascarillas FPP2 y FPP3, gafas, guantes, ropa impermeable y contenedores para poder desprenderse de ella con seguridad. También ordena la planificación de formación a los agentes para saber cómo utilizarlo con seguridad.

El tribunal pide proveer a la Policía de la Generalitat de tests suficientes para los agentes con contacto con algún caso positivo de infección por coronavirus, y que se aplique "de forma minuciosa" una "descontaminación diaria de los centros y vehículos de trabajo.

La Sala, como ya dijo con los sanitarios, "no ignora la existencia de escasez de estos medios", pero considera que no le "compete resolver sobre la prioridad que las autoridades gubernativas han de dar a la distribución de los equipos, ni sobre los motivos de dicha escasez", sino que su función "se limita a garantizar la tutela judicial efectiva de quienes, nombrados como servicios esenciales, tienen por función principal garantizar la seguridad y el ejercicio de los derechos de la población, sin que esa circunstancia implique un deber de sacrificio de sus derechos a la salud y a la protección eficaz en materia de prevención". Esos derechos no pueden quedar suspendidos ni limitados por el estado de alarma, sino "todo lo contrario", añade. 

"La Sala tampoco puede dejar de valorar que la falta de las medidas de prevención solicitadas por el sindicato no sólo pueden afectar a la salud, integridad física y vida de quienes prestan los servicios esenciales para la comunidad en esta crisis (sanitarios, policías, etc.), sino a los ciudadanos, en general, que al entrar en contacto con miembros de dichos servicios que carecen de protecciones individuales elementales, pueden sufrir contagios", lo que hace proporcionadas las medidas solicitadas y por tanto deben ser acordadas.