JUSTICIA PENITENCIARIA

Urdangarin tendrá dos salidas de fin de semana cada mes pero no podrá ir a Ginebra

Iñaki Urdangarin llega a la residencia Don Orione para cumplir con servicios sociales

Iñaki Urdangarin llega a la residencia Don Orione para cumplir con servicios sociales / periodico

Agencias

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El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid ha estimado parcialmente, con oposición del Ministerio Fiscal, el recurso presentado por Iñaki Urdangarin, que se mantiene en segundo grado y podrá salir de la cárcel de Brieva (Ávila) dos fines de semana al mes pero no podrá desplazarse a Ginebra (Suiza), donde vive su familia.

De acuerdo al fallo del Juzgado, facilitado por prensa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad, la decisión no será efectiva en tanto que no sea firme, y en el caso de que la <strong>Fiscalía recurra,</strong> por entender que se trata de un <strong>tercer grado encubierto</strong>, será la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, la que dictó la sentencia por el caso Nóos que condenó al cuñado del rey, la que resuelva.

En un comunicado, el Tribunal Superior de Justicia ha precisado que en la resolución, el Juzgado estima parcialmente la petición de Urdangarin, reafirma las razones ya expuestas en el auto de septiembre de 2019, confirmado por la Audiencia Provincial de Ávila y rechaza que la elección del centro de cumplimiento y de la forma de vida en aislamiento hayan sido decisiones del recurrente, antes bien habrían sido impuestas por la Administración por razones de seguridad y para preservar la vida e integridad del penado.

Aislamiento excepcional

La aplicación al penado de aspectos propios del tercer grado, aunque esté en segundo, como son las dos salidas de fin de semana al mes, se justifica "en la excepcionalidad de la situación de aislamiento impuesta (cuarto caso en toda la historia del sistema penitenciario actual) y la imposibilidad de implementar un programa especial de tratamiento que no pueda ejecutarse de otra forma".

En el fallo, incide en que en 20 meses de cumplimiento de la pena, la Administración no ha realizado ninguna medida de socialización del penado. 

En el auto, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid rechaza la otra petición de Urdangarin para poder desplazarse en alguna de sus salidas de fin de semana, y de forma excepcional, poder desplazarse a Ginebra, donde residen su mujer, la infanta Cristina, y sus hijos, debido al "principio de territorialidad de la Ley Penal".

El cuñado del rey Felipe VI lleva desde el 18 de junio de 2018 en la cárcel de Brieva, donde cumple una pena de 5 años y 10 meses de prisión por malversación, prevaricación, fraude a la Administración, dos delitos fiscales y tráfico de influencias en el caso Nóos.

Aislado como en el siglo XVIII

En su auto, el juez de Vigilancia Penitenciaria Número 1 de Valladolid, Florencio de Marcos Madruga, justifica la aplicación del artículo 100.2 para que Urdangarin también pueda salir de la prisión los fines de semana como una medida de "compensación" ante la "inacción" de Instituciones Penitenciarias, que lo mantiene aislado como se hacía en el siglo XVIII.

"La forma de vida impuesta al penado recurrente sigue adoleciendo de elementales carencias, pues salvo las 24 horas semanales recogidas en las salidas del artículo 117 del Reglamento Penitenciario, en las 144 restantes --salvo 40 minutos (comunicaciones ordinarias)-- el recurrente sigue estando en aislamiento, lo cual desde luego no es normal en el pensamiento actual del siglo XXI", dice el juez en su auto de 5 marzo, al que ha tenido acceso Europa Press, tras lo que añade que el aislamiento "sí lo era en el siglo XVIII".

El juez se refiere a la "anormalidad del aislamiento" de Urdangarin en Brieva, una cárcel de mujeres en la que el marido de la infanta Cristina ocupa en solitario un módulo para hombres. También disfruta de permisos ordinarios y, antes de esto, de unas horas de salida para hacer voluntariado en aplicación del artículo 117 del Reglamento Penitenciario.

Cuando se confirmó su pena de cinco años, Urdangarin se personó en la cárcel de mujeres de Brieva el 18 de junio de 2018. El magistrado critica que se le mantenga desde entonces en este centro en lo que considera que es una muestra de "inacción de la Administración Penitenciaria". Continuar en esta cárcel, añade, "no es fruto de su voluntad, frente a lo sostenido en su día por el Ministerio Fiscal".

Caso excepcionalísimo

En este sentido, considera que se trata de un caso de "absoluta excepcionalidad". "En nuestra historia penitenciaria (desde 1979) sólo se ha dado en cuatro casos", dice citando entre ellos al ex director de la Guardia Civil Luis Roldán. El juez mantiene que su decisión lo que hace es corregir "un primer grado encubierto en una forma de régimen cerrado --e incluso régimen especial--, a la cual se ha etiquetado eufemísticamente de segundo grado".

Como ya ocurrió cuando le aplicó el artículo 117 para que saliera unas horas a la semana a hacer voluntariado, el juez insiste en que "la imposición del régimen de vida de aislamiento absoluto por parte de la Administración ha de compensarse con medidas tendentes a normalizar y salvaguardar, en lo posible, aspectos socializadores del cumplimiento de las penas privativas de libertad".

"No se ha articulado por parte de la Administración medida alguna tendente a evitar la desocialización de la pena", continúa el juez en referencia a los 20 meses que lleva Urdangarin en prisión, de quien recuerda no es un interno considerado peligroso ni tampoco hay riesgo de fuga.