EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DEL 'PROCÉS'
La Abogacía del Estado pide excarcelar a Junqueras para que pueda ejercer de eurodiputado
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
J. G. Albalat
Capote a Oriol Junqueras, al Tribunal Supremo y a un eventual acuerdo entre el PSOE y ERC. Todo a la vez. La Abogacía del Estado ha solicitado este lunes que se le conceda la libertad al líder republicano condenado a 13 años de prisión por el 'procés', para ejercer como eurodiputado, en tanto se solicita al Parlamento Europeo que se le retire la inmunidad que le confiere esa condición, medida que debe adoptar el Tribunal Supremo. La representación del Estado considera que habría que permitir su desplazamiento a la Junta Electoral Central y a la sede de la Cámara europea para cumplir los trámites. [Directo: todas las noticias sobre la actualidad política de España y Catalunya]
Así lo expresa en su escrito [texto completo en PDF] de alegaciones al fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado 12 de diciembre respondió al Tribunal Supremo español que Junqueras debió gozar de inmunidad parlamentaria desde el momento en que fue proclamado eurodiputado el 13 de junio, por lo que debería haber podido salir de prisión provisional y desplazarse al Parlamento Europeo para recoger su acta.
Los servicios jurídicos del Estado mantienen así una posición discrepante a la de fiscalía, institución que el mismo día en que se conoció el fallo del TJUE alegó que ya no cabe aplicar la inmunidad en el caso de Junqueras porque ya no es un preso preventivo, sino un condenado en firme. La Abogacía del Estado, por tanto, solicita ahora al Supremo que estime el recurso de súplica interpuesto por el abogado de Junqueras contra la decisión del alto tribunal de no concederle un permiso para tomar posesión como eurodiputado.
Medidas para cumplir la condena
A la vez que solicita que se le conceda la libertad a Junqueras para ejercer de eurodiputado, se insta al Supremo a "aplicar las medidas que puedan considerar más adecuadas para garantizar que la libertad de movimientos" del dirigente de ERC, para que este ejerza de eurodiputados e impidan su "fuga". Es decir, abogan por el cumplimiento de la sentencia del 14 de octubre, al otorgarle plena validez por haberse dictado con "estricta observancia de las normas esenciales del procedimiento penal". Para acordar esas medidas, apunta que debería consultarse al mismo Parlamento europeo.
Por todo ello, la abogada del Estado en el juicio del 'procés, Rosa María Seoane, que firma el escrito, reclama a los magistrados españoles que soliciten “a la mayor brevedad” al Parlamento Europeo la suspensión de la inmunidad de Junqueras reconocida por el tribunal de Luxemburgo en aplicación del procedimiento que recoge su propia sentencia del 19 de diciembre.
Tras estudiar la sentencia europea, la Abogacía del Estado, en concordancia con su escrito del pasado 10 de junio, cuando no se opuso a que el dirigente de ERC tomara posesión de su acta, llega a la conclusión de que Junqueras sigue gozando de inmunidad como eurodiputado ya que, hasta el momento, la Junta Electoral Central, el órgano competente para dirimir todas las cuestiones relacionadas con la proclamación de candidatos a las elecciones, no se ha pronunciado sobre la incompatibilidad de su condena con su condición de parlamentario europeo electo. Este órgano electoral, compuesto por magistrados, se reunirá este viernes, día 3 de enero, para debatir este asunto, ante un recurso presentado por el PP.
No solo recoger el acta, sino también ejercer
La representación del Estado subraya que la sentencia europea da una serie de claves para entender los efectos que la inmunidad reconocida a Junqueras debe producir. Su escrito detalla que, según la resolución del TJUE, esos efectos no deben limitarse a permitir al eurodiputado electo desplazarse al Parlamento Europeo para tomar posesión de su cargo, sino que la inmunidad reconocida tiene como finalidad expresa que los miembros de esa Cámara “puedan dar cumplimiento a su misión”, como especifica el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) que invoca Luxemburgo.
La Abogacía del Estado señala que es el Supremo el que debe decidir la forma en la que se haga posible que Junqueras desempeñe esa misión, que no se circunscribe únicamente a ese desplazamiento, sino que implica “el desempeño de su función representativa en tanto mantenga su estatus parlamentario”.
Otro de los gestos del servicio jurídico del Ejecutivo con el dirigente independentista es que pide que se mantenga suspendida la ejecución de la pena de inhabilitación del líder de Esquerra hasta que la Eurocámara proceda a suspender su inmunidad.
El escrito recuerda que el derecho europeo forma parte de los sistemas jurídicos de los Estados miembros, que están obligados a respetarlo ya que tiene primacía sobre los derechos nacionales. Esto supone que, en caso de conflicto entre una norma nacional y una disposición o un acto de una institución europea, los órganos jurisdiccionales españoles deben aplicar la disposición europea.
La Abogacía califica de “novedosa y compleja” la nueva doctrina de Luxemburgo sobre la inmunidad de los europarlamentarios. Asegura al mismo tiempo que la sentencia del TJUE permite concluir que la actuación del Tribunal Supremo se ha acomodado a la jurisprudencia europea hasta este momento.
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