EL FRENTE JUDICIAL
El Supremo pregunta a las partes antes de resolver sobre Junqueras tras el fallo del TJUE
Quien piense que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea debe suponer un cambio rápido en la situación en la que se encuentra el presidente de ERC, Oriol Junqueras, ya puede armarse de paciencia, porque al menos tendrá que esperar cinco días. Son los que el Tribunal Supremo ha dado a fiscalía, la Abogacía del Estado, la acusación popular que ejerce Vox y defensa del líder independentista para pronunciarse sobre el fallo que declara que la inmunidad de los europarlamentarios se adquiere desde el mismo momento en que resultan electo.
En un escueto comunicado la Sala Segunda del alto tribunal, presidida por Manuel Marchena, anuncia que "va a estudiar en profundidad el contenido íntegro de la sentencia del TJUE en contestación a las preguntas por la propia Sala en auto del pasado 1 de julio sobre el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras, cuando dicha persona se encontraba en prisión provisional" y que estudiará las alegaciones que quieran presentar las partes. Ahora la situación del líder independentista es distinta, porque desde el pasado 14 de octubre cumple una condena en firme en 13 años de cárcel.
Algo después, el magistrado instructor de la causa abierta en el Supremo por el 'procés', Pablo Llarena, ha dictado una providencia similar para los procesados que son de su competencia, los huidos, que no pudieron ser juzgados por la Sala Segunda junto a Junqueras, y que también fueron elegidos eurodiputados. Se trata del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y del 'exconseller' Toni Comín, que pueden verse afectados por la decisión relativa al líder de ERC. Incluso más favorecidos porque en su caso, ambos fueron procesados por rebelión, delito que el propio Llarena sustituyó por sedición, tras la sentencia del 'procés', pero no fueron juzgados y, por tanto, no son condenados en firme.
Además, el próximo 31 de enero puede encontrarse en idéntica situación Clara Ponsatí, que entrará en el cupo que le corresponde a España de nuevos eurodiputados tras la salida de los británicos a consecuencia del Brexit, informa Silvia Martínez.
Sin referencia expresa a la condena
No obstant, la sentencia del tribunal europeo, de 24 páginas, a diferencia del criterio defendido por el abogado general de la UE en su momento, no hace ninguna referencia a la condena, y responde a unas preguntas muy concretas del Supremo sobre un permiso penitenciario de Junqueras, mientras era preso preventivo, para recoger el acta de europarlamentario.
Pese a que la sentencia declara, aparentemente sin duda alguna, que debió concedérsele ese permiso para tomar posesión, porque gozaba de la inmunidad del cargo desde que fue elegido cargo electo, las dudas surgen para trasladar esa circunstancia a la situación actual, después de la condena.
Sin contar festivos
Por eso, aunque la defensa y los partidos independentistas se han apresurado a reclamar la libertad de Junqueras, para el Supremo el fallo europeo no es tan determinante. Eso es lo que explica la concesión de cinco días a todas las partes para que presenten alegaciones, tras cuyo estudio se pronunciará.
El plazo, en cualquier caso, empezará a contar desde el momento en que se notifique la providencia y en él habrá que descontar fines de semana y festivos. De hecho la próxima semana el 25 es fiesta y para el mundo judicial, el 24 también suele serlo. Además, es costumbre conceder un día más de gracia para la recepción de estos escritos. Una vez presentados, la Sala Segunda tendrá que estudiarlos y adoptar una decisión.
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