tras el fracaso en la segunda votación
Pedro Sánchez pierde la votación de investidura: ¿Y ahora qué?
El presidente del Gobierno en funciones y candidato socialista en la investidura, Pedro Sánchez, no ha conseguido cosechar los votos para regresar a La Moncloa y España tiene ahora dos opciones en el horizonte: o un pacto de gobierno a la vuelta del verano o unas nuevas elecciones. [Sigue las últimas noticias de la investidura de Pedro Sánchez en directo.]
En concreto, el artículo 99 de la Constitución activa un periodo de dos meses para que haya otra candidatura con visos de obtener los apoyos suficientes.
La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, y Felipe VI se reunirán este viernes a las nueve de la mañana para dar paso a la próxima etapa tras la fallida investidura. A partir de ahí, el jefe del Estado tiene que decidir si convoca en este momento una nueva ronda de consultas o da un tiempo a los partidos para saber más adelante si hay opciones de proponer otra vez una candidatura a la investidura. Esta segunda opción es la que parece más probable teniendo en cuenta los antecedentes.
Ya corre el plazo
Con la primera votación de este martes 23 de julio, empezó a correr el plazo máximo para la convocatoria de unas segundas elecciones generales. Estos dos meses acaban el 23 de septiembre: en caso de llegar a esta fecha sin investidura, el Rey, con el refrendo de la presidenta del Congreso, disolverá las Cortes al día siguiente y convocará nuevas elecciones 47 días después, el domingo 10 de noviembre, las terceras en lo que va de año.
Esto es así porque los partidos acordaron en 2016, ante el riesgo de una segunda repetición de elecciones en plena Navidad, modificar la ley electoral para introducir una disposición adicional estableciendo que, en los casos de repetición de los comicios por falta de investidura, se acortaran los plazos del procedimiento electoral, bajando de 54 a 47 días.
"En el supuesto de elecciones a Cortes Generales como consecuencia de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 99 de la Constitución, el real decreto de convocatoria se expide al día siguiente de la expiración del plazo de dos meses, contados a partir de la primera votación de la investidura -se incluyó-. Dicho real decreto se publica el mismo día de su expedición y entra en vigor el mismo día de su publicación. El real decreto de convocatoria señala la fecha de las elecciones que habrán de celebrarse el día cuadragésimo séptimo posterior a la convocatoria".
Es probable que Felipe VI convocara otra ronda de contactos el mes de septiembre tras la que podría, o no, volver a encargar Gobierno a Sánchez. El PSOE es el partido con más escaños, 123, muy lejos del segundo, el PP, con 66, y Ciudadanos, con 57.
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