sin permiso
El CGPJ investiga si la Generalitat accedió indebidamente a ordenadores de jueces
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido investigar si en los juzgados y tribunales de Catalunya se han producido accesos indebidos a tratamientos jurisdiccionales, como puedes ser archivos o datos, para actividades de inspección, control o seguimiento no previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La apertura de estas diligencias informativas obedece a que varios jueces han informado de que en sus ordenadores ha aparecido un mensaje sobre la "vigencia y aplicabilidad" de una instrucción de la Secretaría de Administración y Función Pública de la Generalitat informando de la posibilidad de acceso a elementos de las tecnologías al servicio de la Administración de Justicia para llevar a cabo actividades de "control y seguimiento".
Fuentes de la Conselleria de Justícia han asegurado que el mensaje se remitió a todos los terminales de la Generalitat, por lo que también lo recibieron los jueces, y se refiere al uso del ordenador. Asimismo, han subrayado que el mensaje era "inocuo", pero que a pesar de ello han mostrado su malestar a la Conselleria de Política Digital por haberlo enviado a los magistrados, acción que no procede. Desde Politica Digital, sin embargo, aseguran que Justícia si sabía las remisión de esos mensajes, informa J. G. Albalat.
Conocimiento expreso
El mensaje recibido concluía indicando que el uso del ordenador implica una "manifestación expresa" del conocimiento de los términos y condiciones de la instrucción e incluía una pestaña de "confirmación de lectura" que debía ser pulsada para seguir utilizando el dispositivo.
La Permanente recuerda que los ficheros de datos de los juzgados son, en buena medida, tratamientos de datos jurisdiccionales y que, en no pocas ocasiones, se corresponden con las categorías especiales de la Ley Orgánica y del Reglamento Europeo de Protección de Datos, y permiten la identificación de la ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, creencias u origen racial o étnico. Los responsables de su tratamiento son los órganos jurisdiccionales y las únicas formas de acceder a ellos para inspección y control son las establecidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, no en otra norma o acto administrativo.
El CGPJ, que ha pedido a la Generalitat que informe de si ha realizado estos accesos y de ser así los paralice, ha encomendado al Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) que compruebe si se han producido y, en su caso, su alcance.
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