PLAZO MÁXIMO
El juez prorroga dos años la prisión a los tres procesados por el 17-A
En los últimos meses, el juez ha rechazado la personación como víctimas de una veintena de personas que alegaron padecer secuelas psicológicas derivadas de la masacre
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha prorrogado dos años más la prisión preventiva de los tres procesados en relación con los atentados de Catalunya el 17 de agosto de 2017 ante el vencimiento este mes de agosto del plazo de los dos primeros años en prisión preventiva, cuyo límite máximo son 4 años.
Según han informado fuentes jurídicas, el magistrado ha adoptado este jueves esta decisión después de que la Fiscalía y las acusaciones, entre ellas la AVT, pidieran mantenerles en prisión hasta la celebración del juicio, que, debido a una serie de diligencias pendientes, se calcula que no será hasta el próximo año.
Los tres procesados en relación con los atentados del 17A son Driss Oukabir, Mohammed Houli Chemlal y Said Ben Iazza, a los dos primeros se les atribuye un delito de integración en organización terrorista como miembros de la célula yihadista de Ripoll (Girona), y al tercero de colaboración, si bien a ninguno se le considera responsable de los 16 asesinatos y los 140 heridos en los atentados.
Las acusaciones, a excepción de la Fiscalía, que ha respaldado el procesamiento, han tratado sin éxito de que se les declarara también cooperadores en delitos de asesinato consumado y en grado de tentativa al entender que se les debió vincular con los atentados porque, pese a que no tuvieron una participación directa, conocían los preparativos de la célula para cometer actos terroristas.
Pese a que finalmente se ha confirmado su procesamiento por esos delitos y no por su relación directa con los atentados, la acusación que ejerce la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) tiene previsto acusarles en el juicio como coautores de los atentados.
Se apoya para ello en la puerta que dejó abierta la Sala de lo Penal al resolver estas reclamaciones para ampliar a esos delitos el procesamiento y que consistió en rechazar entrar en el fondo de los recursos para dejar la decisión última al tribunal que los juzgue.
Rechazo de víctimas
A Oukabir, a cuyo nombre se alquiló la furgoneta usada en el atentado de Las Ramblas de Barcelona, el juez solo le procesa por integración en organización terrorista, pero a Houli Chemlal, herido en la explosión del chalé de Alcanar (Tarragona), le imputa también depósito de explosivos y tentativa de estragos, esto último por los planes que tenían de atentar contra lugares emblemáticos de Catalunya como la Sagrada Familia.
Antes de poder concluir el sumario, el Juzgado Central número 4 de la Audiencia Nacional, del que ahora es titular Calama, tiene que resolver una serie de cuestiones que podrían prolongarse hasta el año que viene, según las citadas fuentes.
En los últimos meses, el juez ha rechazado la personación como víctimas de una veintena de personas que alegaron padecer secuelas psicológicas derivadas de la masacre y por las que reclamaban una indemnización.
La mayor parte de estas presuntas víctimas remitieron al juzgado denuncias para que se les tuviera como parte en el procedimiento, pero después de ser examinadas por un médico forense, que no halló relación de causa-efecto, les fue rechazada la personación.
Solo siete recurrieron y la Fiscalía se pronunció en contra de otorgarles su personación como víctimas.
El juez rechazó su personación como víctimas el pasado 21 de marzo, decisión que confirmó en otro auto del 24 de abril en el que desestimó los recursos de reforma que interpusieron esas siete personas, y que ahora se encuentran pendientes de ser resueltos en apelación por la Sala de lo Penal.
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