DECISIÓN JUDICIAL

La Audiencia de Barcelona reabre cuatro causas por las cargas policiales del 1-O

Los Mossos se llevan las urnas, en el instituto Jaume Balmes de Barcelona.

Los Mossos se llevan las urnas, en el instituto Jaume Balmes de Barcelona.

J. G. Albalat

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La Audiencia de Barcelona ha ordenado reabrir la investigación por las cargas policiales del 1-O en cuatro centros de votación de la ciudad, después de recursos presentados por el ayuntamiento de la capital catalana. la Generalitat y algunos afectados. En concreto, se ha acordado que debe seguir las investigaciones sobre lo ocurrido en el IES Jaume Balmes, el CEIP Víctor Català, el CEIP Marenostrum y la Conselleria d'Ensenyament. Está previsto que este martes declare en el Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona, que se encarga de las pesquisas, tres agentes investigados por su actuación en la Escola Mediterrània y el exsecretario de Estado de Seguridad José Antonio Nieto, que lo hará por videoconferencia.

El juez archivó las cuatro piezas separadas que corresponde a cada uno de los centros escolares donde actuó la Policía Nacional al considerar que tras el visionado de fotografías y vídeos no cabía concluir que la actuación de los agente en esos centros fue desproporcionada, ya que, a su entender, se limitaron a apartar a las personas que allí se habían congregado. Por ello, desestimó la práctica de nuevas pruebas. La Audiencia de Barcelona recuerda ahora al instructor que debe "llevar a cabo una completa investigación" de lo acaecido a fin de dilucidar si la actuación policial se limitó a cumplir lo ordenado por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (impedir el referéndum unilateral) empleando la mínima fuerza indispensable o bien hubo una utilización "desproporcionada de la violencia".

Esa investigación, según los autos por los que se reabren los cuatro casos, no puede ser parcial, limitada a cada centro, sino global, "dado que el análisis de las órdenes dadas por los responsables del operativo conjunto" y cada uno de los "sub-operativos" y la ejecución de las mismas "permitirán poner en evidencia si los hechos revisten o no carácter de delito. Por ello, no cabe, en opinión de los magistrados, el sobreseimiento de cada uno de los casos por separado. Las resoluciones sostienen, sin embargo, que también es "conveniente" analizar, aunque sea de manera provisional, los indicios que concurren en cada una de las intervenciones policiales. La Audiencia de Barcelona recalca que tras ver las imágenes y estudiar las declaraciones incriminatorias de los perjudiciales no llega a la misma conclusión que el juez instructor y califica de "prematuro" el archivo de las pesquisas sobre lo ocurrido en los cuatro centros de votación. "Insistimos en la conveniencia de agotar las vías de investigación", argumenta. 

El Sindicato Profesional de Policía (SPP), por su parte, ha pedido al juez que impute por desobediencia y malversación a los directores de 28 colegios de Barcelona donde hubo incidentes, al considerar que su "permisividad" permitió la aglomeración de activistas en los centros, según informa Efe. La organización sindical también pide que se reclame a los Mossos un informe sobre su actuación en esos puntos de votación, alegando que la Policía Nacional tuvo que acudir a esos centros tras el "incumplimiento o incapacidad" del cuerpo autonómico para cerrar los colegios.

En Callús y Sant Joan de Vilatorrada

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Manresa, asimismo, ha archivado las investigaciones por las cargas policiales en dos colegios en Callús y Sant Joan de Vilatorrada al considerar que no hubo "exceso policial". Para la jueza, de la declaración a los implicados, los informes forenses y policiales y de los vídeos aportados a la causa, "no puede inferirse que haya existido un exceso policial, ante la conducta de las personas allí concentradas y menos aún que dichas conductas se pudieran atribuir a las órdenes concretas de mando, teniente o agente responsable del operativo".

El juzgado tiene en cuenta que todos los denunciantes han explicado que estaban en sendos colegios el 1 de octubre de 2017 para votar, y que era público que el 7 de septiembre el Tribunal Constitucional suspendió la Ley del Referéndum, y que el TSJC ordenó a los cuerpos policiales impedir que se celebrara. El auto judicial recuerda que, sin embargo, parte de la ciudadanía catalana acudió a colegios para participar en una votación "que estaba fuera del orden constitucional y de la legalidad más evidente; y no solo eso, sino que muchos de ellos, con la finalidad de impedir o limitar la actuación que los agentes de los cuerpos y fuerzas de seguridad tenían encomendada".

En Callús, donde su alcalde, Joan Badia, resultó herido al ser empujado y caer al suelo cuando la Guardia Civil entraba en el colegio, la jueza resalta que se negó a colaborar en la retirada de las personas concentradas, y que "fue informado de que se iba a proceder a la entrada, interponiéndose ante la fuerza actuante, recibiendo un empujón para apartarle que le hizo caer al suelo". En el auto se constata que había unas 300 personas sentadas en el suelo con "el claro propósito de obstaculizar la entrada al centro de las Fuerzas del orden".

"No se trata pues de un mero comportamiento pasivo, sino de un comportamiento pasivo intencional de carácter obstativo frente al ejercicio de la función pública, lo que determinó que los agentes se vieran obligados a actuar", argumenta, además de resumir que los policías usaron la fuerza mínima imprescindible.

En la misma línea, el juzgado relata que en el colegio de Sant Joan de Vilatorrada se había cerrado la entrada exterior de acceso al edificio donde estaban las urnas y que había, tras esta valla, una multitud de personas sentadas en el suelo y de pie "con el claro propósito de obstaculizar la entrada al centro de las Fuerzas del orden". La actitud de las personas allí congregadas no puede calificarse en su mayoría de resistencia pasiva sino obstativa", constata el auto, ya que los policías tuvieron que apartar a los concentrados uno a uno, y finalmente se abortó la operación.