POLÉMICA JUDICIAL

Pique entre el abogado de Junqueras y el de Puigdemont

Boye y Van den Eynde se enzarzan después de que la justicia europea rechace la demanda del 'expresident' contra la suspensión de un pleno sobre el 1-O

El abogado Gonzalo Boye el pasado mes de septiembre.

El abogado Gonzalo Boye el pasado mes de septiembre. / periodico

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Pique entre el abogado de Oriol Junqueras y el de Carles Puigdemont. Gonzalo Boye y Andreu Van den Eynde se han enzarzado en Twitter después de que la justicia europea haya rechazado la demanda del 'expresident' y 74 diputados contra la suspensión de un pleno sobre el 1-O.

El detonante ha sido un tuit de Josep Huguet, 'exconseller' republicano. "Tras el del TEDH, esto de la vía jurídica europea no será un camino de rosas como vaticinaban abogados que han acabado haciendo de políticos", ha sentenciado en Twitter en una alusión a Boye.

El abogado de Puigdemont no ha tardado en responder. "Igual deberías preguntarte quién hizo ese recurso porque el TEDH y el TJUE son sitios muy técnicos a los que hay que llegar con los deberes hechos y los pantalones en su sitio", ha respondido. "Sobre todo porque ni la hice yo ni la hizo quién aparece en la resolución".

Y ahí ha sido donde Andreu Van den Eynde ha saltado. "Como bien sabes el representante de los demandantes no es necesariamente el redactor. La demanda que, por cierto, no hubiera redactado yo en inglés, pero la letrada que se encargó hizo los deberes lo mejor que pudo", ha repelido el abogado de Junqueras.

El abogado de Junqueras firmó el recurso a Estrasburgo como representante de Carme Forcadell, un mero formalismo, pero en realidad no la redactó. Lo hicieron dos abogadas inglesas.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó este martes por unanimidad la demanda presentada por Puigdemont, la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, y otros 74 diputados contra la decisión del Tribunal Constitucional de anular el pleno del 9 de octubre del 2017 en el que se iba a declarar la independencia de Catalunya. La Corte europea argumenta que la suspensión era "necesaria en una sociedad democrática" para “el mantenimiento de la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y libertades de los demás”, en línea con lo estipulado por del artículo 11 del Convenio, y que la base jurídica del Constitucional se apoya en la legislación española.