elecciones generales

El Supremo rechaza excarcelar a los líderes del 'procés' por la campaña del 28-A

Los líderes independentistas acusados por el 'procés', en el Tribunal Supremo

Los líderes independentistas acusados por el 'procés', en el Tribunal Supremo / POOL / EMILIO NARANJO

Ángeles Vázquez

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El Tribunal Supremo ha rechazado excarcelar a los presos que concurren como candidatos de Junts per Catalunya y de Esquerra a las elecciones generales del 28-A, conforme habían solicitado para evitar tener que solicitar permisos de salida en función de los actos en  los que quieren participar. La Sala declara que los presupuestos para decretar la medida siguen vigentes y más si valora "el momento del juicio en el que nos encontramos", en el que se les acusa de rebelión, sedición y malversación, puesto que si aprovecharan su salida de prisión para eludir algún llamamiento judicial se producirían "una importante disfunción en el desarrollo de la vista".

El auto sostiene que la permanencia en prisión de Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Jordi Sànchez y Raül Romeva es proporcionado, como ya argumentó en anteriores resoluciones en las que los acusados reclamaba la libertad, y no vulnera su derecho a la participación política, como se demuestra con su concurrencia a los próximos comicios, como "plenos titulares" de ese derecho.

No obstante, añade una puntualización que puede tener relevancia de cara al éxito de futuras peticiones. Dice que "ese derecho participativo solo se vería afectado en la medida en que se pretenda su ejercicio de una manera incompatible con la situación cautelar de privación de libertad que este momento afecta a los acusados". 

El auto señala que ante la posibilidad de que eludan un llamamiento judicial en pleno juicio serían insuficientes otras medidas cautelares menos gravosas, como el control telemático o arrestos domiciliarios solicitados por los candidatos presos.

Derecho de defensa

Y en cuanto al derecho de defensa que los candidatos sostienen que se vulnera por las marotinianas jornadas del juicio que  les llevan hasta a perder la atención debido al gran número de horas que duran las sesiones, el tribunal responde que ese derecho se garantiza al haber dejado a todos los acusados, tanto los presos como los que no, sentarse detrás de sus letrados, lo que les permite una "comunicación fluida y constante" toda la sesión. 

Además, en los recesos y las comidas, "siguiendo las intrucciones de la Sala a los agentes encargados de la custodia, los acusados pueden entrevistarse libremente, sin restricciones, así como recibir asesoramiento de todos los acusados".

Por si hay alguna duda, el auto añade que la "complejidad y previsible duración" del juicio "no implica vulneración de la dignidad de los procesados por el hecho mismo de que estén en prisión", ya que se han facilitado los medios necesarios como para respetar sus derechos mientras dure.

Y en cuanto a que sean candidatos, los magistrados dicen que ello no puede suponer su excarcelación, ya que por sí misma la prisión preventiva no implica una vulneración de los derechos políticos.