JUICIO DEL 'PROCÉS'

El Supremo permitirá recoger el acta a los presos que sean elegidos diputados

Los líderes independentistas acusados por el 'procés', en el Tribunal Supremo

Los líderes independentistas acusados por el 'procés', en el Tribunal Supremo / POOL / EMILIO NARANJO

Ángeles Vázquez

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Los líderes del 'procés' que están siendo juzgados en el Tribunal Supremo y que concurren a las elecciones generales del 28 de abril al Congreso y al Senado podrán recoger las actas que les permitirán acceder al escaño si resultan elegidos. Fuentes jurídicas señalaron a este diario que como la ley orgánica de régimen electoral no les impide concurrir a los comicios, puesto que aún no cuentan con condena, mantienen sus derechos electorales intactos, por lo que deben poder acceder a su escaño. 

El artículo 6.2 de la loreg niega el derecho de sufragio pasivo a "los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena" y a los que lo hayan sido, aunque su sentencia no sea firme, "por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal".

De ahí que no existan dudas sobre que debe concedérseles permiso para poder recoger su acta, ya que el Reglamento del Congreso, a diferencia del del Parlament, solo prevé que pueda hacerse en persona.

Permiso cada pleno

El problema empezará después, cuando haya que concederles permiso para que asistan a las distintas votaciones. La primera decisión consistirá en determinar si la suspensión de cargo público que se aplicó en el Parlament es extendible a esta nueva responsabilidad y después a quién le corresponde aplicarlo. 

A diferencia de la Cámara catalana en el Congreso no existe la delegación del voto y el telemático se reduce a bajas por enfermedad o maternidad y paternidad, pero ahí la Mesa puede tener que jugar un papel importante si decide extender esa posibilidad a los presos. De no ser así, salvo que de aquí a entonces queden en libertad, para poder ejercer con su función legislativa tendrían que serles concedidos permisos para poder abandonar la cárcel y asistir al pleno. Una opción que plantea riesgos de seguridad y ante la que las fuentes consultadas enseguida recuerdan que tanto Junts per Catalunya como Esquerra decidieron incluir en sus candidaturas a personas presas con los hándicaps que ello supone.

Hasta llegar a ese momento aún queda un tiempo. Antes, el Supremo tendrá que pronunciarse sobre la última petición de libertad planteada la semana pasada por las defensas de Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull, Oriol Junqueras y Raül Romeva (todos ellos candidatos al Congreso, salvo el último que lo es al Senado). En el improbable caso de que el alto tribunal accediera a esta petición, ya no tendría que concederles permiso para poder dejar la cárcel e ir a votar en cada pleno. 

En cualquier caso la decisión más inminente del alto tribunal será la referida a la celebración de actos electorales en prisión, en especial, el debate propuesto por Jordi Sànchez, cuya decisión le ha remitido la Junta Electoral Central, pese a contar incluso con un informe desfavorable de Instituciones Penitenciarias. Entre las opciones que baraja el alto tribunal figura el establecer que este tipo de decisiones compete al órgano de control de los comicios o a Prisiones, por tratarse de actos que se quiere celebrar dentro de la cárcel, lo que es independiente a que los candidatos estén siendo juzgados estos días.