LA CAUSA DEL 1-O
El Tribunal Supremo juzgará a 12 de los 18 líderes del 'procés'
La Sala Segunda del Tribunal Supremo se ha declarado competente para juzgar los delitos de rebelión o sedición y malversación de caudales públicos presuntamente cometidos durante el 'procés', lo que implica que solo 12 de los 18 políticos procesados se sentarán en el banquillo durante la vista oral que está previsto que comience a finales de enero o principios de febrero.
Las actuaciones contra los seis a los que solo se acusa de desobediencia serán remitidas al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya para que sean juzgados allí, ya que dos de ellos, Lluís Guinó y Joan Josep Nuet, siguen siendo aforados. El Supremo considera que tanto ellos como quienes eran sus compañeros en la Mesa del Parlament, Lluís Maria Corominas, Anna Simó y Ramona Barrufet, así como la exdiputada de la CUP Mireia Boya, no tienen por qué ser juzgados con el resto de acusados por razones de operatividad.
"La previsible duración de la causa especial que nos ocupa, la continuada presencia de los procesados durante las prolongadas sesiones del juicio oral y, en fin, el obligado desplazamiento de quienes solo van a responder del delito de desobediencia, sugieren desgajar" la parte relativa a ellos para que se les juzgue "en Barcelona", afirma el alto tribunal.
Al estimar las declinatorias de jurisdicción de estas defensas el juicio que celebrará el Supremo queda reducido a los acusados por los hechos más graves: los que la fiscalía y la acusación que ejerce Vox consideran constitutivos de rebelión y la Abogacía del Estado, de sedición, y la malversación. Se trata del exvicepresidente Oriol Junqueras, el expresidente de la Assemblea Nacional Catalana Jordi Sànchez, el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y los 'exconsellers' Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull, Joaquim Forn, Dolors Bassa, Meritxell Borrás, Carles Mundó y Santi Vila. A diferencia de los anteriores estos tres últimos procesados no están acusados de rebelión, sino de desobediencia, pero como también lo están por malversación no corren la misma suerte que los exmiembros de la Mesa.
La Sala utiliza el relato fáctico con el que fiscalía, Abogacía y Vox defendieron que los acusados cometieron un "atentado grave contra el interés de España" que debe ser juzgado por el alto tribunal, porque, además, gran parte de sus actos se cometieron fuera de Catalunya, como que las delegaciones en el exterior fueran centro de votación. Con él el Supremo concluye que "ninguna razón concurre para que deba declinar su competencia para el conocimiento de los hechos" que para las acusaciones son "constitutivos de rebelión o malversación".
Traducción simultánea
En cuanto a la petición de las defensas para que el juicio se desarrolle en catalán, la Sala recuerda que durante la instrucción no lo plantearon en ningún momento y se reserva su respuesta al momento en que formulen esta pretensión formalmente. Señala que "hacer depender el derecho a un proceso justo de la distancia entre la sede del propio domicilio y la del órgano jurisdiccional o del uso de la lengua materna por los profesionales que asumen la defensa, conduciría al sinsentido de negar que ese derecho tenga vigencia, por ejemplo, en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos".
Las dudas de algunas defensas sobre la designación de los magistrados que componen el tribunal, con comentarios como "escenario de excepción o de derecho penal del enemigo", deben tomarse como "legítimos desahogos defensivos" sin repaldo argumental.
Desde este viernes las defensas tienen 10 días para solicitar la libre absolución de sus clientes y proponer la prueba que crean necesaria para defenderles, entre la que figurarán cientos de testigos sobre los que el tribunal tendrá que pronunciarse.
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