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El Supremo avala la libertad de expresión de Rivera en defensa de hijos de guardias civiles de Catalunya

Rechaza una querella que le acusaba de incitación al odio por un tuit con un reportaje que señalaba profesores

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Ángeles Vázquez

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado la querella presentada por un exmosso d'Esquadra contra el líder de Ciudadanos, Albert Rivera, por delito de odio, al entender que "en modo alguno puede ser tachado de delictivo" el tuit que el político publicó en relación con maestros catalanes que denunciaba habían "señalado públicamente" a hijos de guardias civiles en Catalunya.

La inadmisión de la querella, que contó con el visto bueno de la fiscalía del alto tribunal, se basa en que el tuit de Rivera es "una simple manifestación del derecho fundamental" a la libertad de expresión y "en consecuencia se justifica por el valor predominante de la libertad de expresión", por lo que "no son hechos constitutivos indiciariamente de ílicito penal alguno".

Según el Supremo, la querella se basaba en un "simple comentario en Twitter haciéndose eco de una noticia periodística del diario 'El Mundo' titulada 'Los 9 maestros catalanes de la infamia', de la que Rivera decía 'Los maestros separatistas que señalaron públicamente a hijos d la Guardia Civil en Cataluña. La fiscalía los investiga por delitos de odio pero el Gobierno de España dice que no les abrirá expediente. Con cobardía nunca se vence al nacionalismo".

Un político en un asunto de relevancia

El Supremo tiene además en cuenta que Rivera es un representante político que ejercita el derecho a la libertad de expresión recogido en el artículo 20 de la Constitución "referido a un asunto de importancia y actualidad".

Añade que el contenido del mensaje "no revela carácter agresivo alguno en sus expresiones ni se constata en ellas odio al referirse a expresiones muy genéricas no incardinadas en el tipo penal" aludido en la querella, por lo que "no merecen reproche penal alguno".