Los partidos políticos podrán rastrear datos de los electores en las redes sin su permiso
La nueva ley de Protección de Datos, que se debate este miércoles en el Senado, permite a las formaciones usar esa información para hacer perfiles ideológicos y personalizar la propaganda
La nueva ley de Protección de Datos que se prevé debatir este miércoles en el pleno del Senado permitirá a los partidos rastrear datos personales y opiniones políticas en redes sin necesidad del consentimiento del afectado para hacer perfiles ideológicos y personalizar la propaganda en campaña electoral.
Según los juristas, las formaciones políticas podrán hacerlo porque estarán autorizados por ley para ello, de acuerdo a las modificaciones al texto inicial de la nueva normativa en su tramitación parlamentaria, a punto de ser concluida.
El asunto es "gravísimo" porque, además, las opiniones políticas están incluidas legalmente en las categorías especiales de datos personales que están "especialmente protegidos", explica a Efefuturo el abogado experto en Derecho Digital Borja Adsuara.
Si finalmente el texto saliera adelante sin incorporar ninguna de ellas mañana en su paso por el pleno del Senado la iniciativa quedaría finalmente aprobada y lista para su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y su inminente entrada en vigor.
Respaldo de todos los grupos
El proyecto de ley de Protección de Datos y Garantías de Derechos Digitales, que se votará en el pleno del Senado, modificará la Ley Orgánica del Régimen Electoral General tras haberse incorporado una enmienda que así lo establece en el informe de la ponencia que debatió el texto en su paso por el Congreso de los Diputados.
El nuevo artículo incluido a raíz de esa enmienda presentada por el PSOE y respaldada por todos los grupos abre la puerta a la ejecución de unas prácticas para los partidos que sin embargo son ilegales para el resto de colectivos, de acuerdo a la misma ley de Protección de Datos.
La normativa permite a los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales utilizar datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el período electoral.
Voz de alarma
Además, de acuerdo a las modificaciones incorporadas al texto originario del proyecto de ley, no tendrán consideración de actividad o comunicación comercial ni el envío de propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería ni la contratación de propaganda electoral en redes sociales o medios equivalentes.
El abogado y delegado de Protección de Datos Jorge García, uno de los primeros juristas en dar la voz de alarma sobre el alcance de este artículo, advierte en su blog del riesgo que supone "dejar las manos libres a unas organizaciones con los máximos incentivos para utilizar cuantos medios tengan a su alcance para conseguir su objetivo: ganar elecciones y conseguir poder".
Paradójicamente, según los expertos, la supuesta motivación de la enmienda era evitar nuevos casos de usos ilícitos de información personal para fines electorales como ocurrió con el escándalo de la consultora "Cambridge Analytica" vinculada a la campaña que dio la victoria en EEUU a Donald Trump, tras tener acceso, analizar y diseñar algoritmos basados en datos personales de usuarios de Facebook sin su consentimiento.
Sin embargo, el panorama que se abre ahora con esta nueva ley en lo relativo al posible uso indiscriminado de datos personales para fines electorales "es mucho peor" que el planteado por Cambridge Analytica, advierte Adsuara.
La ley autorizará que los partidos políticos puedan utilizar datos personales sobre opiniones políticas de las personas en beneficio propio con fines electorales amparándose en un supuesto interés público y únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas, pero no se precisa nada respecto a esto último, añade el experto.
En el marco de su trámite parlamentario, este proyecto de ley de Protección de Datos y Garantías de los Derechos Digitales fue aprobado por unanimidad la semana pasada por la comisión de Justicia del Senado, tras el rechazo a una treintena de enmiendas que se mantienen vivas, en su mayoría de perfil técnico.
La esencia de esta ley es adaptar el ordenamiento español al nuevo reglamento europeo de protección de datos que entró en vigor el pasado 25 de mayo y que cambia las reglas de juego de las empresas al exigirles consentimiento expreso del afectado para poder usar sus datos para finalidades distintas a las iniciales para los que fueron recabados.
El objetivo es garantizar una mayor protección de la intimidad en el actual entorno digital en donde la privacidad personal resulta mucho más vulnerable y expuesta al público.
Entre otros aspectos, la iniciativa regula nuevas obligaciones sobre tratamiento de datos personales en procedimientos transfronterizos y establece garantías para la investigación biomédica más allá de la protección personal.
Además mantiene en 14 años la edad mínima de consentimiento de los menores en España para el uso de sus datos personales por parte de terceros e incorpora una carta de derechos digitales en donde se incluyen entre otros, la desconexión virtual laboral o el testamento digital.
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